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Prórroga del carnet de conducir: a quiénes abarca

¿A quiénes incluye la prórroga del carnet de conducir? Como consecuencia de la pandemia del COVID-19 y la cuarentena dispuesta por las autoridades del Gobierno, las oficinas de la administración pública cerraron sus puertas. De esta manera, miles de cordobeses no pudieron realizar numerosos y diversos trámites, entre ellos, la licencia de conducir. Sacar por primera vez o renovarla fue imposible.

Luego de varias semanas, algunas localidades del interior, como Toledo o Villa del Prado, retomaron la atención y muchos cordobeses decidieron tramitar el carnet de conducir allí. Sin embargo, otras personas optaron por esperar que la Municipalidad de Córdoba vuelva a funcionar y sacar la licencia en la ciudad de Córdoba.

A raíz de la imposibilidad de abrir los CPC o el Centro de Tránsito y permitir la gestión de la licencia de conducir, la Municipalidad tomó la decisión de otorgar prórrogas. Esta medida consistió en extender el vencimiento de los permisos de manejo de forma automática. Así, no perdían vigencia los carnet. Sin embargo, debido a la gran cantidad de cordobeses que deberían renovarlo, determinó extender por un año y evitar que caduquen miles de licencias.

Las autoridades del municipio dictaminaron que tanto las licencias de conducir categoría profesional como los carnet de autos y motos gocen del beneficio de prórroga automática. Así, no deberán renovar el permiso. La extensión del vencimiento es por un año. Ahora bien, ¿a quiénes abarca?

Muchos conductores nos consultaron a quién incluye y a quién no la prórroga de las licencias de conducir. Sobre todo, porque primero la Municipalidad comunicó la decisión y luego de varios días recién publicó la resolución oficial que especifica los detalles de la medida.

Licencias de conducir Municipalidad de Cordoba

Prórroga de los carnet de conducir en Córdoba

De acuerdo a la Resolución Nº 0193/2020 de la Municipalidad de Córdoba, tanto los carnet de conducir de autos y motos, como las licencias de conductores de servicios públicos gozarán de la extensión del vencimiento.

«DISPÓNESE, de manera excepcional por el término de un (1) año a partir de la fecha de vencimiento original, la prórroga de la vigencia de las Licencias de Conducir – Categoría Profesional (y sus incluidas) cuyos vencimientos originales recaigan entre el día 1º de Octubre de 2019 y el día 31 de Diciembre de 2020, ambos inclusive, en virtud de lo expuesto en los considerados precedentes…»

«DISPÓNESE, de manera excepcional por el término de un (1) año a partir de la fecha de vencimiento original, la prórroga de la vigencia de las Licencias de Conducir – establecidas en el Art. 18º de la Ordenanza 9981 (a excepción de las previstas en el inc. d), vencidas y/o a vencerse en el período comprendido entre los días 16 de Marzo de 2020 y el 31 de Diciembre de 2020, ambos inclusive, en virtud de lo expuesto en los considerados precedentes…»

Resolución 193/2020 de la Municipalidad de Córdoba

Aunque la prórroga de las licencias abarca tanto a choferes como a particulares, hay una diferencia en cuanto a quiénes contempla. La extensión de los conductores de servicios públicos incluye a mayor cantidad de personas, ya que el período comprendido por la normativa es superior.

Así, quienes sean conductores o conductoras de taxis, remises, colectivos y/o trolebuses, transporte escolar y camiones, y se les venció o vence el carnet de conducir entre el 1º de Octubre de 2019 y el día 31 de Diciembre de 2020, gozarán de la prórroga de un año.

En tanto, los conductores particulares de autos y motos, también tendrán la extensión de vencimiento por el plazo de un año. Sin embargo, sólo a quienes se les haya vencido o vaya a vencer la licencia de conducir entre el 16 de Marzo de 2020 y el 31 de Diciembre de 2020.

Por ejemplo, si a un taxista se le venció el carnet de conducir en febrero de 2020, tendrá la prórroga. Sin embargo, la licencia de un conductor particular de auto o moto tenía fecha de vencimiento en la misma fecha, no gozará de la extensión automática.

72 comentarios en “Prórroga del carnet de conducir: a quiénes abarca”

  1. Mario Alberto Castro

    A mi me vence el 22 de diciembre del 2020 si tengo la proroga puedo salir de la provincia durante ese año nos tendrian q mandar el carnet hasta esa fecha

  2. mi carnet vence el 15 de enero de 2021
    hasta cuando tengo prorroga?
    cdo tengo que sacar turno para renovacion?
    gracias

    1. Osvaldo Francisco Moreno

      Mi carnet se vence el 20 de Enero de 2021, y como tengo 74 años tengo que renovarlo cada año. Tengo que hacerlo en esa fecha, o por ser persona de riesgo, puedo tener una prorroga de un año ??

  3. Diego Lecherbauer

    Buenas tardes, soy de Quilmes, Provincia de Bs. As., en el mes de agosto del corriente año se me venció el carne de conducir, en enero de 2021 tengo que viajar a Córdoba en mi vehículo, hoy escuche en la radio que «se retendrá las licencias vencidas, ya que Córdoba no acepta licencias vencidas que no sean de la provincia». Por favor, me podrían explicar si es así y en todo caso, de donde puedo bajar la resolución, para no tener problemas. Gracias

  4. Aarón Antonio Maluenda Martinez

    Tengo registro de la ciudad de Chacabuco provincia de Buenos Aires y voy a Córdoba y se vence el mes de diciembre puedo conducir en Córdoba

  5. Fernando R. Gastiazoro

    Quisiera saber si la prorroga del vencimiento del carnet de conducir particular, me habilita para transitar por otras provincias?

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