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Tu carnet de conducir puede perder validez en Córdoba

Todos los conductores deben tramitar la licencia de conducir para poder manejar, ya sea para auto, moto, camión u otro tipo de vehículo. Al momento de sacar el carnet se deben cumplir una serie de exigencias, como realizar el trámite en la Ciudad donde uno tiene domicilio. Pero puede pasar que vivías en Córdoba, tramitaste la licencia en algún CPC, pero luego te mudaste a otra localidad. En ese caso, ¿Qué tenés que hacer?

De acuerdo a la Ley de Tránsito Córdoba, debemos sacar el carnet de conducir en la Municipalidad o Comuna donde tenemos domicilio. Así, si vivimos en la ciudad de Córdoba tenemos que tramitar la licencia en los CPC de la Capital.

Artículo 13.- CARACTERÍSTICAS (…) La Licencia de Conducir debe tramitarse en la Municipalidad o Comuna donde el solicitante posea domicilio (…)

Ley N.º 8560

Ahora, ¿Qué pasa si tengo el carnet de Córdoba pero me mudé de ciudad? En principio, no pasa nada. La Ley de Tránsito no condena de ninguna manera a quienes cambien su lugar de residencia. Sin embargo, sí establece que quienes hagan cambio de domicilio deben notificarlo y tramitar la modificación en la licencia de conducir.

Artículo 18.- MODIFICACIÓN DE DATOS. El titular de una licencia de conductor debe denunciar a la brevedad todo cambio de los datos consignados en ella.
La licencia caduca a los noventa (90) días de producido el cambio no denunciado.

Ley N.º 8560

Ahora bien, ¿Cuáles son esos datos? La licencia de conducir posee información sobre el ciudadano, en concreto, la Ley establece que lleve lo siguiente:

Artículo 15.- CONTENIDO. La licencia habilitante debe contener los siguientes datos:
a) Números de coincidencia con el de la matrícula de identidad del titular.
b) Apellido, nombre, fecha de nacimiento, domicilio, fotografía y firma del titular.
c) Clase de licencia, especificando tipos de vehículos que lo habilita a conducir.
d) Prótesis que debe usar o condiciones impuestas al titular para conducir. A su pedido se incluirá la advertencia sobre alergia a medicamentos u otras similares.
e) Fechas de otorgamiento y vencimiento e identificación del funcionario y organismo expedidor.
f) Grupo y factor sanguíneo del titular.
g) A pedido del titular de la licencia se hará constar su voluntad de ser donante de órganos en caso de muerte.

Ley N.º 8560

Como vemos, entre los datos que contiene el carnet de conducir se encuentra el domicilio de la persona. Esto es lo que más susceptible a cambios esté.

Entonces, ¿Qué se hace? Si sacaste la licencia en la Municipalidad de Córdoba porque vivías en Capital, pero luego te mudaste a cualquier otra ciudad, e hiciste el cambio de domicilio en tu DNI, debes hacer lo mismo con el carnet. Es decir, acercarte a la Comuna o Municipio de tu nueva localidad y notificar el cambio.

De lo contrario, la Ley de Tránsito Córdoba no prevé multas para quienes no hagan el trámite, pero sí establece que dicho carnet pierde validez. «La licencia caduca a los noventa (90) días de producido el cambio no denunciado» consigna el artículo 18 de la norma. Así, tu carnet no sería válido y quedarías en una situación similar a circular sin haber sacado o renovado la licencia. Y allí, sí podrías ser multado.

¿Qué pasa en la realidad? En la vida cotidiana muchos cordobeses se trasladan de un pueblo o ciudad a otra y no realizan el cambio de domicilio. Por lo tanto, no sufren problemas. Otros, en tanto, sí lo hacen pero tampoco tienen consecuencias ya que son casi nulos los casos en los que se sanciona esto. No obstante, sí ocurre que las personas si quieren tramitar la licencia en su nueva ciudad deben hacer el cambio de domicilio en su DNI. Si no, la Municipalidad no permite iniciar la gestión ya que deben coincidir domicilio del Documento y de la Licencia.

¿Qué pasa con el ITV? En Córdoba se exige a todo tipo de vehículos que realicen la ITV. Pero en otras ciudades no es obligatorio. Si comúnmente hacías la inspección técnica en la ciudad de Córdoba te preguntarás qué sucede si te mudas. Hicimos un artículo sobre el tema.

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