Consultas sobre las multas de tránsito en Córdoba labradas por Policía Caminera

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¿Multas de Policía Caminera? ¿Infracciones de tránsito? ¿Dudas sobre las leyes de tránsito de Córdoba? Se encuentran algunas de las consultas más frecuentes sobre estos temas, principalmente sobre las multas de tránsito que realiza diariamente la Policía Caminera en las rutas de Córdoba.

Es importante leer la información siguiente ya que aclara algunos puntos sobre las infracciones/actas labradas por la Policía de Córdoba. Se aborda el tema de las actas en general, el pago voluntario, el descargo de las multas, y algunas cuestiones sobre las leyes de tránsito que hace cumplir la Policía Caminera.

Consultas sobre las multas de tránsito de la Policía Caminera de Córdoba

¿Que tipo de sanciones se aplica por las infracciones de tránsito?

Las sanciones que se aplican es: multa y quita de puntos del carné.

La multa se aplica al vehículo o al conductor

La Multa es una sanción, y se aplica al conductor, no al vehículo.

¿La Policía Caminera debe notificarme del Acta de Constatación?

Siempre, la Policía Caminera, debe detener al vehículo y notificar al conductor de la infracción cometida mediante la entrega de un Acta de Constatación. Sólo en los casos en que el conductor se diera a la fuga, y no haya sido posible identificarlo, se puede labrar un acta con los datos del vehículo.

¿Qué es el Pago Voluntario?

El Pago Voluntario es el que puede realizarse dentro de los 10 días de labrada la multa para así obtener un descuento del 50%.

¿Cómo se hace el Pago Voluntario?

Se realiza con la boleta que contiene el Acta de Constatación que labra la Policía Caminera. Para acogerse al Pago Voluntario los infractores pueden abonar con el Acta en cualquier sucursal de los bancos Provincia. o Nación.

¿Qué pasa si se me vence el plazo para el Pago Voluntario?

Vencido el plazo estipulado en el Acta, el infractor si aún quiere acogerse al pago voluntario, puede concurrir a un Juzgado de Faltas habilitado por la Provincia (hay 42 en el interior provincial) a efectos que se le extienda un cupón de pago con nueva fecha de vencimiento.

¿Hay alguno de estos juzgados en la ciudad de Córdoba?

Sí. El Juzgado correspondiente a Córdoba Capital encuentra en calle Spilimbergo N° 3556 de Barrio Cerro de las Rosas, donde las personas podrán concurrir (a solicitar el cupón de pago actualizado respectivo o a presentar descargos que hagan a su derecho).

Puede ver el listado completo de los Juzgados de Faltas avocados a las multas de la Policía Caminera de Córdoba.

¿Si me hicieron la multa en Las Varillas y soy de Córdoba, dónde tengo que pagar?

En cualquier sucursal del Banco de Córdoba o del Banco Nación.

¿Dónde pago la multa si soy de otra Provincia?

En cualquier sucursal del Banco Nación.

¿Qué pasa con el conductor que no cumpla con la sanción, es decir que no paga la Multa?

El conductor que no cumpla con la sanción será demandado al cobro por el tribunal de faltas correspondiente y si el pago no es cancelado, no podrá renovar el carné.

¿Cuáles son las máximas velocidades a las que se puede circular?

La máxima velocidad a la que se puede circular es la reglamentada en la señal de velocidad máxima. Ante la ausencia de señales de velocidad, rigen las velocidades máximas para cada tipo de ruta y/o vehículo:

CALLES: 40 km/h
AVENIDAS Y TRAVESÍAS: 60 km/h.
RUTAS CONVENCIONALES: 110 km/h.
AUTOPISTAS: 130 km/h.
CAMIONES: 80 km/h.
ÓMNIBUS: 90 km/h en Rutas Convencionales y 100 km/h en Autopistas.

Si en una ruta, un tramo dice máxima 80. ¿Cuál sería el máximo a respetar, 80 de la señal o los 110 que establece la ley?

Siempre se debe respetar la velocidad reglamentada en la señal, es decir 80 km/h. Donde no existan señales de velocidad máxima, en una ruta rige la de 110 km/h.

¿Qué diferencias existen entre autopista, autovía y ruta?

AUTOPISTA

Vía que está especialmente proyectada, construida y señalizada como tal para la exclusiva circulación de automotores, donde está prohibido estacionar, y sólo podrá pararse en la banquina del lado derecho cuando, por desperfectos en el vehículo, el mismo no pueda circular, pudiendo el conductor sólo caminar hasta el teléfono de auxilio, y que además reúna las siguientes características:

  • No tener acceso a la misma, en forma directa, las propiedades colindantes.
  • No cruzar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de ferrocarril o tranvía, ni ser cruzada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumbre de paso alguna.
  • Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja de terreno no destinada a la circulación y en casos excepcionales, por otros medios.
  • Poseer Control Total de Accesos, es decir que los ingresos y egresos de la autopista sólo pueden darse a través de los enlaces o distribuidores de tránsito. Sólo quedan exceptuados de este requisito las Áreas de Servicio.
  • Tener banquinas pavimentadas a ambos lados de cada calzada.
  • No atravesar tramos urbanos

AUTOVÍA

Carretera que inicialmente fue realizada como un camino convencional y luego fue conformada según los lineamientos que caracterizan a las autopistas, donde está prohibido estacionar, y sólo podrá pararse en la banquina del lado derecho cuando, por desperfectos en el vehículo, el mismo no pueda circular, pudiendo el conductor sólo caminar hasta el teléfono de auxilio, y que además reúna las siguientes características:

  • No tener acceso a la misma, en forma directa, las propiedades colindantes.
  • No cruzar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de ferrocarril o tranvía, ni ser cruzada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumbre de paso alguna.
  • Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja de terreno no destinada a la circulación, en casos excepcionales, por otros medios.
  • Poseer Control Parcial de Accesos, es decir que los ingresos y egresos de la autovía pueden darse en otros puntos y no sólo a través de los enlaces o distribuidores de tránsito. Dichos ingresos y egresos se efectuarán a través de carriles especialmente diseñados para tales efectos.
  • Tener banquinas pavimentadas a ambos lados de cada calzada.
  • Ser de uso exclusivo de automotores, si las calzadas de servicios o vías alternativas, aseguran la continuidad del itinerario para aquellos vehículos cuya circulación por la calzada principal se vaya a limitar.
  • Atraviesa tramos urbanos, por lo cual debe disminuirse la velocidad en esos sectores.

RUTA CONVENCIONAL

Vía que no reúne los aspectos propios de las autopistas, autovías o vías rápidas, pero que tiene las siguientes características:

  • Calzada única de dos carriles, uno por sentido de circulación (y un carril adicional en algún tramo).
  • Velocidad de proyecto mínima de ochenta (80) km/h o cien (100) km/h en terreno llano.
  • Calzada de siete (7,30 m) metros y banquinas pavimentadas de un metro con cincuenta centímetros (1,50 m) como mínimo.
  • Aquellos casos de dudosa clasificación se asimilarán a este tipo de vía.

Puede ver más información en la Ley Provincial de Tránsito de Córdoba.

¿En qué casos la Policía Caminera no debe dejar circular un vehículo?

No debe circular el vehículo cuando el conductor no posea Carné de conducir, cédula verde y/o el auto no tenga luces.
Los transportes de carga no podrán circular cuando se comprobare que estuviera o circulare excedido en peso o en sus dimensiones, cuando no cumpla con la normativa vigente sobre transporte de carga en general o de sustancias peligrosas.

Puede ver más información en Sanciones por multas en Córdoba de la Policía Caminera

¿La Policía Caminera realiza controles de alcoholemia?

Sí.

¿Pueden ir personas en la caja de una camioneta o de un camión?

No.

¿Cuántas personas pueden viajar en un auto?

Tantas personas como cinturones de seguridad posea el vehículo.

¿Cuántas personas pueden viajar en una moto?

Dos (2)

¿Qué pasa si yo no sé que se me quemó una lámpara de la luz baja del auto y me labran un acta de constatación?

Puedo solicitar al agente de control que deje constancia en el Acta de tal situación y tengo el derecho de presentar un descargo ante el Juez de Faltas.

¿Se debe circular con las luces bajas encendidas en la Circunvalación?

Sí, pero sólo en las calzadas de la Autopista. No en las calzadas de servicio (las que dan a propiedades frentistas)

¿Dónde debo hacer un descargo?

El descargo se debe realizar dentro de los 5 días de labrada el Acta de Constatación, en el Juzgado que corresponda al lugar de comisión de la infracción, pero también se puede tramitar el descargo ante el Juzgado más próximo a su domicilio que esté avocado al juzgamiento de faltas de tránsito constatadas por la Policía Caminera.

Puede ver el listado completo de los Juzgados de Faltas avocados a las multas de la Policía Caminera de Córdoba y más información sobre los descargos de las infracciones de tránsito AQUI

¿Cuáles son las infracciones que con mayor asiduidad se controlan en las rutas?

Las infracciones más comunes que controla la caminera son:

  1. Adelantamiento prohibido (doble línea continua )
  2. Velocidad superior o inferior a la reglamentada.
  3. Violación de la prioridad
  4. Señal de Pare.
  5. Señal de Ceda el Paso.
  6. Adelantamiento por la banquina.
  7. Llevar las luces bajas apagadas.
  8. No usar los ocupantes del vehículo el cinturón de seguridad
  9. Trasportar más personas de las permitidas (tantas como cinturones de Seguridad posea el vehículo )
  10. Trasportar personas en la cajas de camioneta o camiones.
  11. Transportar menores de 10 años en el asiento delantero.
  12. Conducir con tasa de alcohol superior a la admisible.
  13. No guardar las distancia de Seguridad con el vehículo que lo precede.
  14. Circular en motocicleta o ciclomotor sin casco.
  15. Circular en contra mano.
  16. No advertir las maniobras mediante la señal de giro.
  17. Realizar adelantamientos en curvas.

Más información sobre las multas que realiza la Policía Caminera de Córdoba.

¿Cuál es el desarrollo y resolución de las multas de Caminera?

  1. Confección del acta – notificación
  2. Cargar actas en el sistema
  3. Remitir actas al juzgado
  4. Verificar pago espontáneo o voluntario
  5. Evaluación del descargo
  6. Verificación de reincidencias
  7. Resolución del juez
  8. Notificación de la resolución
  9. Cumplimiento de la sanción para renovar la licencia de conducir

Por dudas o consultas sobre las multas de la Policía Caminera de Córdoba comuníquese telefónicamente con la Dirección General de Rentas Córdoba a los números 0800 444 8008 (opción 1) de Lunes a Viernes de 8 a 20hs. De lo contrario, con el Juzgado de Faltas.

325 comentarios en “Consultas sobre las multas de tránsito en Córdoba labradas por Policía Caminera”

  1. Hola! en enero fui a cordoba y me inventaron una multa que m llego la semana pasada, en una ciudad que ni estuve, es una verguenza , quiero saber que tengo que hacer, estoy a 1000km para ir a un juzgado a explicar que yo no estuve ahi, y nadie me freno para notificarme ni nada, ni me llego ninguna foto multa, supuestamente cruce en tojo en una una ciudad que no estuve,que tengo que hacer, lo unico que falta que cuando quiera vender mi auto salte una multa, no pienso pagarla, no le voy a regalar la plata a un negro policia que inventa una multa, corruptos asi esta pais de gente asi

    1. tránsito Córdoba

      Francisco, si considera que el acta de Caminera no es correcta puede realizar el descargo de la misma ante el Juzgado de Faltas correspondiente de acuerdo al lugar de la infracción o el más cercano a su domicilio; el descargo puede hacerlo a través de una nota certificada como lo es la carta documento, enviada al Juzgado. Si es como menciona que usted no ha estado en la localidad donde figura la infracción , puede adjuntar todas las pruebas que crea necesario y tenga a su disposición para demostrar que no estuvo en ese lugar, y agotar todas las instancias necesarias si la multa ha sido ‘inventada’ . Igualmente, le aconsejamos comunicarse con el Juzgado para mayor información y que le indiquen cómo proceder.

  2. Maria Jose Galindez

    El 25 de julio de 2013 pase dos camiones sobre linea punteada, despues venia doble llinea amarilla pero no lo podia ver, igual yo pase sobre linea punteada, y cuando termino de pasar los camiones hay linea amarilla. El deshonesto agente DIEGO CARDOZO D.T. 0780-11 se encuntra escondido detras de un gran bordo de tierra porque estan haciendo la autovia cba- San Francisco . Este sargento estaba dentro del movil porque era un dia extremadamente ventoso y con mucha tierra que levantan las maquinas y me niega lo que yo digo, es una persona totalmente mentirosa. Hasta cuando vamos a tener que soportas estas personas que de policia caminera NO TIENEN NADA, SINO QUE SON AGENTES RECAUDADORES Y NO LES IMPORTA NADA. Y ahora que hago con los puntos que me quitan por culpa de este MENTIROSO.

  3. En Falda del Carmen, la ruta tiene borrada una de las doble líneas (que son blancas y no amarillas), lo que confunde y uno cree que está habilitado para el adelantamiento. La causalidad es que hay un policia justo en el lugar labrando actas.. Eso es de total deshonestidad por parte de los recaudadores del gobierno-

  4. soy cordobés pero hace muchos años que vivo en rosario me parece una vergüenza que una provincia que vive en su mayoría del turismo labre multas a sus visitantes así porque si muchas veces inventadas por la policía caminera seria mas factible una advertencia o una instrucción al supuesto infractor que una multa que oscila desde unos $400 hasta vaya a saber uno cuanto es el máximo .Una ver-guen-za estos cu liaos se toman un par de fernet y que Siga la joda.

  5. VARIAS preguntas. Ayer visite cordoba por primera vez. y creo k cai en las garras de esta policia caminera. soy de tandil. Prov de BS.AS. me infraccionaron por «adelanto en linea continua», pero la eralidad y en la observacion el mismo policia puso. comence el sobrepaso en linea discontinua y termine solo a 20 metros comenzada la linea continua. digamos una burrada cobrar una infraccion por eso. es legal? me pueden sancionar de la misma manera que un imprudente que sobrepase en plena curva? porque mi infraccion es de $1758. Obvio hare mi descargo. si no la pago. cuando renueve mi carnet en bs.as. si o si va a saltar la deuda no? tengo 3 años mas para renovar el carnet. GRACIAS!!!

    1. tránsito Córdoba

      Matias, las infracciones de tránsito están estipuladas y cada una de ellas contiene un valor de unidad de fija multa, a través del cual se desprende el precio de la multa, además de que están categorizadas por faltas leves, graves y muy graves (ver nota); por eso que el adelantamiento indebido cuesta igual que otras. Si desea realizar el descargo, recuerde que debe hacerlo ante el Juzgado de Faltas correspondiente (ver nota) En cuanto al pago del acta, recuerde usted puede adecuarse al Pago Voluntario el cual consiste en la reducción del 50% del valor original de la multa si abona dentro de los 10 días hábiles; si no la paga se le generará deuda con Rentas Córdoba pero no «saltará» en Buenos Aires cuando renueve la licencia de conducir, ya que el sistema entre ambas provincias no es el mismo.

  6. soy de bs as y tengo el carnet nacional de conducir el dia que quiera renovar voy a tener problemas?? tengo 2 multas de dos viajes pasando por cordoba!!

  7. tengo una multa por acompañante sin casco del enero 2009, nunca me llego la multa y ahora figura que debo como $1000.- que puedo hacer? ademas tengo que renovar el carnet y quiero saber si es cierto que ya prescribio.

    1. tránsito Córdoba

      Jose, comuníquese telefónicamente con la Dirección General de Rentas Córdoba a los números 0800 444 8008 (opción 1) de Lunes a Viernes de 8 a 20hs para que le puedan informar sobre su caso. Allí le podran informar sobre el caso de la multa de Caminera que menciona.

  8. En el examen de conducir brindando en el cpu m.p. cabrera consideran incorrecto esto:
    ¿Cuáles son las máximas velocidades a las que se puede circular?

    La máxima velocidad a la que se puede circular es la reglamentada en la señal de velocidad máxima. Ante la ausencia de señales de velocidad, rigen las velocidades máximas para cada tipo de ruta y/o vehículo:

    CALLES: 40 km/h
    AVENIDAS Y TRAVESÍAS: 60 km/h.
    RUTAS CONVENCIONALES: 110 km/h.
    AUTOPISTAS: 130 km/h.
    CAMIONES: 80 km/h.
    ÓMNIBUS: 90 km/h en Rutas Convencionales y 100 km/h en Autopistas.

    allí consideran que la velocidad máxima esta brindada por la onda verde de los semáforos, ?¿esto es un área «gris»?

    1. tránsito Córdoba

      Marcos, ¿podría brindarnos mayor información sobre lo que comenta de la velocidad máxima según el CPC de Monseñor Pablo Cabrera? Puede hacerlo a través de un mail a [email protected] o en un comentario aquí mismo. ¡Muchas gracias!

  9. acabo de comprar un auto, hasta que pueda hacer la transferencia…se puede circular con tarjeta verde No vencida del titular anterior?. y si todavia no tengo sueguro?… en caso de que me detengan me pueden levantar el auto por no llevar seguro???. gracias

    1. tránsito Córdoba

      Carlos, usted puede conducir el vehículo a pesar de tener la tarjeta verde del titular anterior, pero en ese caso debería poseer la cédula azul, para estar dentro de las normas; como requisito para conducir debería esperar la transferencia. Asimismo si no tiene seguro para el auto le pueden labrar una multa porque eso es considerado una infracción de tránsito, y hasta pueden secuestrarle el vehículo.

  10. Hola me labraron un acta en Montecristo por adelantarme en doble linea amarilla en el km 317, ( Me detuvieron en el km 324) donde yo vi el movil de la policia que me vio adelantarme ya no habia doble línea amarilla, tengo fotos que saque a la vuelta del viaje, pero soy de Esperanza (Sta Fe) y no se como hacer el descargo.

    1. a mi me pasó lo mismo, me INVENTARON una multa, y ya la pague, sale mas caro el abogado que una multa, me ROBARON 800 peos

    2. Hernan, me paso lo mismo en el mismo lugar hace tres dias, me gustaria comunicarme con vos a ver que hiciste

    3. Maria Jose Galindez

      A mi me paso lo mismo en el mismo km camino a monte cristo, creo que deberiamos sacar una pagina en facebook y hablar al diario y alos medios porque lo que hacen es muy deshonesto, encima se te rien y es la palabra de ellos contra la tuya.

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