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Impuestos Córdoba: cuándo deja de pagar patente el vehículo

Todas las jurisdicciones de Argentina, es decir, municipios y provincias, cuentan con un sistema impositivo. Los vehículos, tanto autos, camionetas, motos, y hasta casa rodante o tráiler deben pagar impuestos. En Córdoba, se trata del impuesto automotor, con el objetivo de solventar el mantenimiento de calles y rutas, al mismo tiempo que usar ese dinero de las arcas estatales para realizar nuevas obras viales, según la teoría.

El impuesto automotor Córdoba se aplica para casi todos los vehículos. Autos, camionetas, camiones, casa rodantes, motos y colectivos deben abonar este tributo municipal y/o provincial también conocido como «patente». Pero hay excepciones, y exenciones.

¿Qué rodados pagan «patente» en Córdoba? El Código Tributario Provincial y la Ley Impositiva Anual de la provincia de Córdoba establecen que el impuesto automotor lo deben afrontar todo tipo de vehículos automotores, de acuerdo a su tipo, cilindrada y modelo.

Los automotores que deben pagar el impuesto son:

  • Automóviles, rurales, familiares, sedan, coupés, descapotables, convertibles y autos fúnebres
  • Camionetas, pick up, utilitarios, jeeps, todo terreno, ambulancias, furgonetas y furgones
  • Camiones, chasis con/sin cabinas, tractores y transportes de carga
  • Colectivos, ómnibus, microbus, minubus y midibús
  • Acoplados de carga
  • Motocicletas, triciclos, cuadriciclos, motonetas con o sin sidecar, motofurgones, ciclomotores, motocabinas y microcoupes (motovehículos)

Pero, ¿paga por siempre? No, cada automotor tiene un cierto tiempo durante el cual debe abonar el tributo provincial. Es decir, de acuerdo al modelo (antigüedad) que tenga, paga o no el impuesto de Córdoba.

Existe una norma general que aquellos automotores en general que posean más de diez años de antigüedad no están obligados a abonar el impuesto. Para los motovehículos, el plazo es menor: cinco años. No obstante, además del modelo, hay que revisar la valuación del rodado. Es decir, si un auto tiene más de 10 años pero «es caro», igualmente deberá pagar ‘patentes’.

Para este 2022, la Ley Impositiva Anual de Córdoba fijó el año 2012 como límite para automotores en general, y el año 2017 para motovehículos.

Esto significa que estás exento de pagar el impuesto automotor de la provincia de Córdoba si:

Automotores en general:

  • El vehículo es modelo anterior a 2008
  • Es modelo 2009, 2010, 2011 o 2012 y está valuado en un monto menor a $2.035.000

Motovehículos:

  • La moto está valuada en un monto menor a $210.000
  • Es modelo anterior a 2013
  • Es modelo 2014, 2015, 2016 o 2017 y está valuada en un monto menor a $2.035.000

Tráiler y casas rodantes: aquellos que sean modelos anteriores al año 2012 están exentos del impuesto automotor de Córdoba.

¿Cómo conocer la valuación del vehículos? La Ley Impositiva Anual fija los valores de acuerdo a una serie de criterios, en conjunto con datos de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor. Luego, establece la base imponible con la que rigen los montos para determinar si el auto paga o no patentes. Para saber la valuación fiscal y si paga o no impuesto automotor de Córdoba, ingresar a la página de Rentas desde aquí.

También hay ciertas excepciones, como el de ciertas instituciones y dependencias del Estado, los automotores de la Iglesia, organizaciones benéficas, entre otras. Asimismo, las personas con discapacidad cuentan con el beneficio de no pagar el impuesto automotor en Córdoba. Según el Código Tributario Provincial 2022, las condiciones son las siguientes:

Los automotores de propiedad exclusiva de personas con discapacidad, conforme lo previsto en las Leyes Nacionales Nº 22431 y Nº 24901 y sus normas complementarias, o de aquellas que se encuentren con un porcentaje de incapacidad laboral igual o superior al sesenta y seis por ciento (66%), en ambos casos de carácter permanente y acreditado fehacientemente con certificado médico de instituciones estatales. La presente exención se limitará hasta un máximo de un (1) automotor por titular de dominio.

Código Tributario Provincial. Artículo 310, inciso 2.

4 comentarios en “Impuestos Córdoba: cuándo deja de pagar patente el vehículo”

  1. alguien puede informarme a partir de que antiguedad del vehiculo se deja de pagar impuesto municipal en la ciudad de cordoba?

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