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Supermercado debe hacerse cargo por daños al vehículo estacionado

En la mayoría de comercios que cuentan con estacionamiento instalan un cartel que dice «la empresa no se responsabiliza por daños o robo al vehículo». Algunos están más a la vista, otros más escondidos. Pero tanto supermercados como locales de electrodomésticos, casas de comida y otros negocios tienen uno de ellos. El motivo no es más que disuadir a las personas de reclamar a la compañía por algún tipo de choque o hurto del auto o moto.

Pero la ley es clara y sencilla, y desmiente al cartel que pueda poner cualquier empresa. Esto significa que la actitud de la compañía no es más que disuasiva e intenta esquivar la responsabilidad del lugar, ya que el cartel es ILEGAL. No poner la advertencia en sí, pero sí el mensaje va en contra de la normativa nacional.

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El comercio por ley es responsable, a pesar que instale dicho cartel (SofiTips.com.ar)

Según informa el sitio especializado SofiTips.com.ar, «La ley de Defensa del Consumidor (ley 24.240) nos va a proteger como consumidores frente a la pérdida, robo, hurto o cualquier daño que sufra el vehículo«. Agrega que «el establecimiento comercial debe brindar un servicio adecuado, eficiente y seguro, por tratarse de un vínculo de consumo. Está obligado por el deber de seguridad, ya que él mismo también obtiene un beneficio comercial al ofrecer al consumidor la posibilidad de estacionar en el predio».

Por último, SofiTips aclara que «están legalmente obligados a responder por la pérdida o robo o daño al vehículo», y que ante cualquier eventualidad podemos denunciar ante Defensa del Consumidor la situación.

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