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Descargo de multas de la Municipalidad de Córdoba

Si uno recibe una multa de tránsito de la Municipalidad de Córdoba puede ejercer su derecho a defensa y realizar un descargo ante los Juzgados de Faltas. Se trata de una presentación legal que busca evitar que se aplique la sanción económica. Por ejemplo, ante un acta de infracción es posible reclamar que ese día no se estuvo ahí, o que los datos del vehículo y las características mencionadas no coinciden.

Actualmente, los descargos ante la Municipalidad de Córdoba pueden hacerse de forma online, a través de la plataforma del Juzgado de Faltas. La presentación del trámite es simple y rápida. El sistema solicita una foto del DNI y de la tarjeta verde del titular del vehículo, luego podemos agregar fotos o documentos de prueba y el descargo escrito propiamente dicho.

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Cabe destacar que para las multas de tránsito de la ciudad de Córdoba rige un beneficio por «pago voluntario». Se trata de un descuento del 60% sobre el valor de la infracción. Aplica esta bonificación para ciertas faltas y siempre y cuando no se realice el descargo. Es decir que al realizar la presentación, si no logramos una respuesta favorable, pagaremos el monto total original de la multa.

¿Dónde hacer el descargo? Para realizar el descargo en los Tribunales de Faltas de la Municipalidad de Córdoba debemos ingresar a la página web oficial haciendo clic acá.

14 comentarios en “Descargo de multas de la Municipalidad de Córdoba”

  1. Ana Alicia Paniagua

    Hola necesito que me borre del sisma, me hicieron 3 multas y yo nunca fui a córdoba infracciones por no abonar estacionamiento tarifado, en 2019
    Mi patente AA423BY,

  2. Donde se ve en que lugar fue hecha la multa, me hicieron una y en la misma no figura ni calle, ni altura, ni barrio, ni foto, solo la causa , la hora y el importe, como se que es mía y no inventada.

  3. Hola necesiton me borren del sistema, multas mal realizadas y prescriptas del 2013 (10 años) y 2018 (5 años) patente jdr347 mi dni 26229659 cuya ley de cordoba asi lo estipula. Artículo 123.- PRESCRIPCIÓN DE LAS INFRACCIONES. Las infracciones, sean leves, graves o muy graves, prescribirán a los tres (3) años a contar desde el día siguiente de cometidas.

    Ley de Tránsito de Córdoba
    muchas gracias

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