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Cómo reclamar estacionamiento indebido en la ciudad de Córdoba

En caso de detectar o sufrir un problema por estacionamiento indebido, se puede solicitar que la Policía Municipal de Tránsito de Córdoba que accione en este sentido. En primer lugar desde éste área se recepta el reclamo del vecino y posteriormente se gestiona para que se acuda al lugar y labrar el acta o remolcar el vehículo en infracción hasta el corralón municipal, en caso que corresponda.

¿Cómo reclamar? Se puede llamar a un número de teléfono habilitado por la Municipalidad para este tipo de reclamos: 0800-888-0303 o a la Policía Municipal de Tránsito (0351) 4285823. El municipio capitalino, según indica, recibe el reclamo y lo gestiona de manera inmediata, aunque no hay certezas de ello.

¿Qué dice la normativa municipal de tránsito respecto al estacionamiento? Los artículos 75, 76, 77, 78, 79 y 80 de la Ordenanza 9981 (Código de Tránsito) reglamentan lo reglamentan.

CAPÍTULO XII – DEL ESTACIONAMIENTO
REGLA GENERAL

Art. 75°.- EL estacionamiento en zona urbana debe efectuarse en los lugares en que no esté expresamente prohibido, sobre el costado derecho de la calzada, y a una distancia no menor a los cinco (5) metros del borde más próximo de la senda peatonal demarcada o imaginaria. Tanto el estacionamiento sobre el costado izquierdo de la calzada, como el estacionamiento a 45 grados, debe ser dispuesto por la autoridad de aplicación en forma expresa y solo permitido en aquellas vías públicas que tengan un ancho de calzada superior a los nueve (9) metros.

LUGARES PROHIBIDOS

Art. 76°.- NO pueden estacionarse vehículos en los siguientes lugares, salvo motivos debidamente justificados:

a) En las aceras;

b) En los espacios verdes públicos, rotondas, plazas, parques, paseos y espacios públicos en general;

c) Dentro de los cinco (5) metros anteriores y posteriores de una senda peatonal o ciclística o sobre las mencionadas sendas;

d) A menos de diez (10) metros de las paradas de vehículos del transporte público de pasajeros;

e) Frente a las entradas de cocheras, garajes, estaciones de servicio y playas de estacionamiento;

f) En el flanco izquierdo de la calzada, atento el sentido de circulación, excepto señalización in situ en contrario;

g) Áreas peatonales, isletas con cordones y separadores centrales;

h) Frente al acceso y hasta diez (10) metros de sus respectivos lados de hospitales, escuelas, bomberos, policía, organismos de seguridad y otros servicios públicos, salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento;

i) En general, en toda zona con demarcación y/o señalización prohibitiva o selectiva.

ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO

Art. 77°.- SALVO expresa señalización que lo permita, queda prohibido el estacionamiento en la vía pública de los siguientes vehículos, en el ejido municipal de la Ciudad:

a) Cualquier clase de camiones y acoplados, con o sin carga;

b) Vehículos de transporte de pasajeros con capacidad superior a treinta (30) pasajeros;

c) Camiones mezcladores y de transporte de cemento a granel que no se encuentren en función específica;

d) Vehículos expuestos para su venta;

e) Vehículos en proceso de reparación, lavado o engrase, salvo que se trate de una emergencia que impida desplazar el vehículo si tal reparación no se efectúa;

f) Todo tipo de maquinaria especial, agrícola, vial o industrial;

g) Cualquier vehículo de transporte de pasajeros o carga para pernoctar su conductor o acompañantes, como casas rodantes, traillers o similares.

INGRESO Y EGRESO DEL ÁREA DE ESTACIONAMIENTO

Art. 78°.- EL ingreso y egreso de vehículos del área de estacionamiento debe ser realizado a baja velocidad y con las mayores precauciones. En caso de reingreso a la vía pública desde el lugar de estacionamiento, se debe ceder siempre el paso a los vehículos que ya circulan por ella.

LIMITACIÓN DEL ESTACIONAMIENTO

Art. 79°.- LA Autoridad de Aplicación podrá limitar el estacionamiento en la vía pública de los vehículos, determinando las condiciones de tiempo, lugar y tipo, y disponiendo los medios de contralor que estime más eficaces para lograr el cumplimiento de tal restricción. Asimismo, dispondrá lugares de estacionamiento reservados a vehículos de discapacitados.

REMOCIÓN DE VEHÍCULOS EN INFRACCIÓN

Art. 80°.- CUANDO los funcionarios municipales competentes comprueben infracciones establecidas en esta Ordenanza o en el Código de Faltas Municipal, podrán proceder a la remoción del vehículo, respetando el procedimiento establecido en el presente Artículo cuando el mismo se encuentre en alguna de las situaciones previstas a continuación:

a) Obstaculizando el tránsito o estacionado en lugar prohibido;

b) Tenga vedada su circulación por disposición de autoridad competente;

c) Registre orden de captura, emitida por la Justicia Federal o Provincial o Administrativa Municipal de Faltas u otra Autoridad competente;

d) Esté ocupando espacios reservados en violación a la normativa vigente;

e) Tenga sanciones firmes y sin cumplimentar en tiempo y forma, de los Tribunales Administrativos de Faltas de la Ciudad de Córdoba;

f) Por carecer el vehículo de ambas chapas patentes;

g) Cuando su conductor se encuentre con su capacidad psicofísica disminuida, ya sea por intoxicación alcohólica, o por efectos de estupefacientes o toda otra sustancia que produzca tal situación, a no ser que pueda hacerse cargo de la conducción otra persona habilitada y con capacidad para hacerlo;

h) Por carecer de certificado habilitante del equipo de gas natural comprimido;

i) En todos aquellos casos no enumerados en la presente Ordenanza pero que puedan poner en riesgo grave la circulación, las personas o los bienes.
En tales casos, los funcionarios municipales harán sonar la señal acústica, la que deberá estar instalada en la grúa o móvil y luego procederán a labrar el acta de constatación.
Labrada totalmente la misma, harán sonar nuevamente la señal acústica y si no compareciere el propietario o responsable del bien, procederán a enganchar el vehículo. Si la grúa no estuviese aún en movimiento y se hiciese presente el propietario o responsable del mismo manifestando voluntad de removerlo, el vehículo será desenganchado, sin perjuicio de la multa que le pudiese corresponder por la infracción cometida.
En caso de no verificarse el supuesto anterior o que el propietario se negare a retirar el vehículo, se trabará la pluma con un dispositivo que impida que se desenganche en el trayecto hasta el depósito municipal, y se removerá el vehículo en infracción. También se procederá al traslado del bien en infracción si, presente el propietario o responsable, no pudiere acreditar su derecho de propiedad o calidad de tenedor.
La señal acústica deberá tener en la vía pública un nivel sonoro superior a ochenta (80) decibeles.
Por Ordenanza se podrán estatuir otros sistemas de retención o remoción de vehículos en infracción al presente Código.

47 comentarios en “Cómo reclamar estacionamiento indebido en la ciudad de Córdoba”

  1. Hola quisiera denunciar a baterías el triunfo situado en av. Las Malvinas al 3115. Porque se creen dueños de la calle abarcan toda la calle y hay veces no puede pasar el colectivo. Por favor q alguien venga verificar y le saken multa sino lo sigue asiendo y no le importa nada también compra chatarra y con las bolsas grandes de alpillera ocupan todo ojalá esto cambie ya estoy arto

  2. Buenas tardes , no quiero que se molesten, pero llame desde las 15 a 16 horas a la municipalidad y a la Grúa Municipal y nadie atendió. Lo hice por que pertenezco a un Centro de Jubilados , cito en calle Lamartine 2654 de Barrio Colinas de Velez Sarfield y en gestiones hechas en esa Municipalidad obtuvimos un decreto para demarcar la calzada con lineas amarillas, para varios motivos que les paso a contar, para ambulancias,para personas que llevan ancianos y deben aguardarlos,para personas discapacitadas y deben entrar con silla de rueda, ademas hicimos una rampa para subir y bajar sillas de ruedas o camillas de ambulancias. La Municipalidad cuando demarco las calles para cobrar estacionamiento,demarco dentro de las lineas amarillas como si fuera lugar para estacionar,cosa que deberían modificar. Pero lo peor,es que estacionan constantemente vehículos que nada tienen que ver con personal o pacientes del Centro, esto nos trae discusiones con los Naranjitas y chóferes de vehículos mal estacionados. Les pediría por favor ya que el deposito de autos removidos por las grúas se encuentra cercano a nuestro Centro nos comuniquen un teléfono (QUE ALGUIEN ATIENDA) para poder llamarlos cuando hay contravenciones de este tipo que mucho nos perjudican. El teléfono del Centro es 4645787 y los horarios de atención por la mañana son de 08,00 a 11,30 Lunes y Viernes ,los Martes Y Miércoles de 14,30 a 18,00 hs. los Jueves de 14,30 a 16,30 hs.

  3. Hace una semana que hay un auto, Peugeot 504 dominio WIJ840, mal estacionado frente a la vivienda de la calle Enrique Becquerel 5575 de Barrio Ituzaingó Anexo. A continuación se mencionan las condiciones en que está estacionado el mencionado vehículo:
    *en contramano en una calle de doble circulación, es decir, aparcado sobre su lado izquierdo del vehículo,
    *a más de 50cm. del cordón de la vereda, con un bidón sobre el techo
    *la parte trasera (paragolpe y caño de escape) bloquean la salida de vehículos de dicha vivienda.
    *el vehículo bloquea el canasto de basura, por lo que en más de una oportunidad no fueron retiradas las bolsas de residuos por los recolectores.
    Se le ha solicitado a los propietarios del vehículo que lo retiren -en esta oportunidad y en otras anteriones- y hacen caso omiso.

  4. Miercoles 24/08/2022: Peugeot 307 Patente HIA 716. Estacionado obstruyendo completamente ingreso cochera edificio Duarte Quiros 40.
    Desde las 17 horas aprox. Siendo las 22:55 horas dia envio este mensaje.
    Toda la tarde llamando al telefono del corralon municipal de Cordoba para solicitar servicio de grua. SIN RESPONDER NUNCA LAS LLAMADAS REALIZADAS. Internos 7201 al 7204
    03514285600 / 03514285823 / 08008880303 (NO FUNCIONA)
    Vergonzoso la ausencia absoluta del cumplimiento servicio municipal para los ciudadanos.

  5. Estamos viviendo en una jungla, donde la ley es el mas fuerte sobrevive. En vez de tanta pintura Sr. Intendente debeía existir una servicio de grúas las 24 horas para llevar autos de los infractores, que obstruyen ingresos no `permitidos por Ordenanza Municipal.
    Ayer estuve en la puerta de mi casa más de 4 horas esperando que el dueño de un auto VW UP chapa patente AD 276 CH, color blanco, que dejara libre mi garage para poder ingresar a mi propiedad. Poseo fotos y filmación del vecino de frente de mi casa.
    Le comento que trabajo desde las 07.30 a 19:00 hs, y es una cuetion de justicia poder llegar a mi casa depués del trabajo .
    La policia provincial intervino constatanto que no se trataba de un vehículo robado, pero no podía hacer nada. La línea 08008880303 no contestaba., siendo un día laboral.-
    ¿Para que pagamos nuestros impuestos? nadie nos defiende

  6. No sé para que existen las ordenanzas, leyes y demas, si nadie las cumple, adeemas no hay un solo policia, inspector ni nada cuando llamas. El centro de la ciudad de córdoba es un desastre, los camiones de mudanza se estacionan en doble fila, te obstruyen todo el paso , nadie hace nada. Despues cuando uno toma justicia por mano propia salen todos a manifestar. Este pais esta condenado no da para mas.

  7. Analía Beatriz Vazquez9l9

    En barrio zepa A mercado de Abasto Córdoba ,a la entrada sur del barrio x av de la semilleria ,,,se encuentran un » taller de camiones que no está habilitado ,(está en negro,)ya que usurpa terreno destinado a espacio de recreación ,que corresponde a la municipalidad ,allí estacionan camiones de gran porte, obstaculizando la salida de vehículos del barrio el circular seguro x dicha avenida

  8. Consulta si la calle tiene pintado de amarillo el cordón derecho y no así el izquierdo eso significa que no se puede estacionar en esa cuadra? O que se puede estacionar sobre la izquierda y no así sobre la derecha? Y por último esta bien que los comercios ocupen con mesas la vereda y coloquen conos sobre la calzada a modo de impedir el estacionamiento? La calle en cuestión es Nicolas de Isasmendi entre Alsina y Altolaguirre en Barrio Yofre Norte.

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