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La Policía te puede quitar la licencia de conducir: por qué

La Policía Caminera realiza múltiples controles en las rutas de la provincia de Córdoba. Los efectivos instalan puestos en determinados lugares fijos y otras veces son móviles, con ubicación al azar. Muchas veces cómo eligen a qué vehículo parar o no, depende del criterio de los policías. También responde a la necesidad y los objetivos, si están buscando cierto auto o persona por una causa delictiva, por ejemplo.

Si te paran en la ruta pueden detenerte por determinados casos, como ya vimos anteriormente. Pero puede ocurrir otra cosa, que te retengan la licencia de conducir. Además de ello puede aplicarse una multa de tránsito y quita de puntos del carnet.

Pero ¿Por qué la Policía te podría sacar el carnet de conducir y no devolvértelo? La Ley de Tránsito de Córdoba habilita a los efectivos policiales ciertos casos en los que puede retener la licencia del conductor. Esto puede ser por datos erróneos, comisión de delito, o una condición particular de quien maneja, como por ejemplo estar ebrio.

En el Capítulo II ‘Medidas cautelares’, Artículo 110 ‘Retención preventiva’, la Ley indica lo siguiente:

RETENCIÓN PREVENTIVA. La Autoridad de Comprobación o Aplicación puede retener, dando inmediato conocimiento a la autoridad de juzgamiento:

(…)

b) A las licencias habilitantes, cuando:
1.- Estuvieren vencidas o no fueran válidas para circular por la jurisdicción donde se efectuare el control.
2.- Hubieren caducado por cambio de datos no denunciados oportunamente.
3.- No se ajusten a los límites de edad correspondientes.
4.- Hayan sido adulteradas o surja una evidente violación a los requisitos exigidos en esta Ley.
5.- Sea evidente la disminución de las condiciones psicofísicas del titular, con relación a la exigible al serle otorgada, excepto a los discapacitados debidamente habilitados, debiéndose proceder conforme el Artículo 19.
6.- El titular se encuentre inhabilitado o suspendido para conducir.
7.- Cuando medien hechos en acciones que sean considerados infracciones muy graves a la Ley. (Incorporación introducida por el Artículo 18° de la Ley 9688)

Ley N.º 9169

Cabe aclarar que no sólo existe la posibilidad de retener la licencia de conducir, también puede ser la suspensión o inhabilitación del carnet por la suma de infracciones de tránsito o por ciertas multas.

1 comentario en “La Policía te puede quitar la licencia de conducir: por qué”

  1. JOSE ANTONIO MANSILLA

    Estoy de acuerdo con las multas a camionetas /pickup que circulen a 130 en autopistas. Tendría que estar claro que vehículos son incluídos en «camionetas» ( peso, utilitario, con caja de transporte etc.) para que no haya iscusiones en medio de la ruta ni después.

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