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Alcoholemia: cuánto es el permitido y precio de las multas

En la provincia de Córdoba, hace unos años atrás, se dictó una ley que establece el ‘Alcohol Cero’. Esta nueva normativa redujo los niveles permitidos de alcoholemia para todo tipo de conductores en las rutas cordobesas. En concreto, los automovilistas particulares y los motociclistas tenían un cierto porcentaje de tolerancia, el resto ya no podían arrojar positivo en el control.

La nueva ley de alcoholemia cero busca concientizar a la población sobre los riesgos de conducir bajo los efectos del alcohol, y así intentar reducir la cantidad de accidentes de tránsito. Aunque hay que señalar que al principio hubo campañas pero luego prácticamente se extinguieron. No obstante, los controles de alcoholemia siguen haciéndolos tanto la Policía Caminera como los inspectores municipales.

Esta ley de alcohol cero en Córdoba rige para todas las rutas de Córdoba, sean provinciales o nacionales. A su vez, las comunas y municipios del interior pueden adherir a este mismo criterio.

Entonces, ¿Cuánto es el alcoholemia permitido? Tanto para conductores particulares como para aquellos con carnet profesional (taxis, ómnibus, camiones) el nivel habilitado es cero.

En caso de dar positivo en un control de alcoholemia de Policía Caminera y rechazarlo existe la posibilidad de realizar una extracción de sangre en un centro de salud de sangre y solicitar el informe.

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Multas por alcoholemia en Córdoba

La Policía Caminera está habilitada para labrar actas de infracción a todas las personas que den positivo en un control de alcoholemia. No obstante, también realiza multa a los conductores que manejan bajo efecto de drogas. Y también a quienes niegan participar voluntariamente del control.

  • Conducir con tasas de alcoholemia superior a las admisibles. Tipo de infracción: muy grave. UF: 200 a 400. Quita de puntos: 10. Posible suspensión de licencia de conducir por hasta 3 meses. Posible inhabilitación del carnet en caso de reincidencia.
  • Conducir habiendo ingerido estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas. Tipo de infracción: muy grave. UF: 200 a 400. Quita de puntos: 10. Posible suspensión de licencia de conducir por hasta 3 meses. Posible inhabilitación del carnet en caso de reincidencia.
  • Negarse a realizar las pruebas expresamente autorizadas para determinar su grado de intoxicación alcohólica o por drogas. Tipo de infracción: grave. UF: 100 a 200. Quita de puntos: 10. Posible suspensión de licencia de conducir por hasta 3 meses. Posible inhabilitación del carnet en caso de reincidencia.

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