Policía Caminera Córdoba

Cuál es el comprobante de seguro válido para circular por las calles de la ciudad y las rutas de la provincia

En distintas oportunidades, a través de los medios de comunicación y redes sociales, los automovilistas han visto o escuchado casos en los que detenían a conductores y les pedían la documentación obligatoria para circular, entre la que se encuentra el comprobante de seguro del automotor. Al escucharlo en la radio, parecería una noticia más, casi sin importancia, pero hubo ciertos casos que causaron un verdadero ruido.

Los hechos que sucedieron en los controles que llegaron a los medios y fueron viralizados en las redes sociales son aquellos en los que al conductor del auto le pedían el seguro obligatorio (contra terceros) y a pesar de que el automovilista lo tenga, le pongan una multa. Esto ocurrió en diferentes momentos, tanto con los efectivos de la Policía Caminera como con los inspectores de la Municipalidad de Córdoba.

Sin embargo, luego de estos sucesos mencionados, y tras la discusión en la sociedad, cambiaron las cosas. Pero, ¿cómo era antes y cómo es ahora? Veamos…

Antes

En un momento, la Municipalidad de Córdoba le exigía a los automovilistas y motociclistas que circularan dentro del ejido urbano el certificado de seguro obligatorio, y además, la última boleta paga. Es decir, los conductores debían de tener siempre a mano el carné plástico que suelen entregar algunas compañías aseguradoras o la póliza, y a su vez la última factura del servicio con el ticket de pagado.

No obstante, fue un error que cometieron muchas veces los inspectores de tránsito a propósito o por descuido, debido a que el Código de Tránsito Municipal de Córdoba sólo exigía «Póliza de  Seguro o Certificado de Cobertura del Seguro Obligatorio Vigente». Es decir, el personal municipal solicitaba algo que no era necesario, y que a su vez estaba fuera de norma.

La Policía Caminera en tanto, no era tan sesgada al momento de solicitar esta documentación. Los efectivos policiales daban la opción de presentar la póliza, el carné, o la última factura, tal como lo menciona la Ley de Tránsito de la Provincia. Es decir, presentaba las tres opciones, y permitía al conductor demostrar la cobertura del seguro a través de cualquiera.

¿Y qué pasó?

Un buen día, un conductor que circulaba por las calles de la ciudad de Córdoba fue detenido por los inspectores de tránsito en un control y le secuestraron el vehículo. El personal municipal argumentó que no presentaba certificado de cobertura de seguro válido, ya que el automovilista tenía en su poder un comprobante desactualizado y que por ende no podía transitar; a su vez lo señalaron de no tener contratado ninguna póliza de compañía aseguradora.

El conductor presentó su caso en una radio local y explicó que intentó acreditar la contratación de un seguro a través de la póliza digital, autorizada a nivel nacional. Sin embargo, los inspectores le respondieron que no era válida.

Luego de esto, el desenlace que tuvo fue que tanto las autoridades de la Municipalidad de Córdoba y las de la Policía Caminera -junto a los funcionarios del Gobierno de la Provincia- revisaran las normativas y finalmente explicaran que la póliza de seguro digital sería tomada como válida.

Asimismo, la Asociación de Productores Asesores de Seguros de Córdoba aclaró que la factura de pago del servicio no debería de exigirse ya que el cumplimiento o no de abonar es de exclusiva competencia entre la compañía y el asegurado.

¿Y entonces?

En la actualidad, tanto los inspectores de tránsito de la Municipalidad como los efectivos de la Policía Caminera aceptan el certificado de seguro obligatorio o la póliza, y es válido tanto el formato papel como el digital. Esto significa que al circular por las calles de la ciudad de Córdoba o las rutas de la provincia los automovilistas pueden deben llevar consigo el comprobante de seguro pero en cualquiera de los soportes.

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