Licencia Nacional de Conducir

¿Son ilegales los carné de conducir que entregan Municipalidades y Comunas del interior?

Esta y otras preguntas se las hacen muchos cordobeses desde hace tiempo, ¿se puede manejar con el carnet de conducir que entrega la Municipalidad de Toledo? ¿En Córdoba te hacen multa? ¿Qué dice la Policía Caminera? Sucede que a partir de la puesta en funcionamiento del RePAT municipios del Gran Córdoba dejaron de otorgar licencias y los conductores de la Capital están obligados tramitar el permiso de manejo en la Ciudad, algunas personas buscaron una alternativa. Todos se quieren evitar los «inconvenientes» que presentan los CPC.

Y en esta misma línea, municipios y comunas del interior de la provincia vieron una oportunidad e intentaron atraer a estos automovilistas que no desean gestionar su carnet en la Municipalidad de la ciudad de Córdoba. Claro, ellas detectaron la posibilidad de sumar dinero a sus arcas municipales.

Algunos dicen que todo esto se trata de nada más ni nada menos que de una «viveza criolla» para evitar hacer lo que corresponde, en en el mismo sentido hay quienes critican que esto es «recaudatorio», otros defienden la potestad de Municipalidades y Comunas de otorgar licencias de conducir debido a que poseen autonomía en materia de tránsito y no infringen ninguna ley, y podríamos seguir recogiendo distintas posturas.

Pero si vamos al caso…  ¿aún se puede tramitar la licencia en otra ciudad o pueblo? ¿es ilegal? ¿se puede manejar? ¿los inspectores hacen multa? ¿la Policía te puede secuestrar el carnet o el auto?

Municipalidad de Toledo - La Voz
(Foto: LaVoz)

Qué dicen las autoridades

La Municipalidad de Toledo al igual que la Comuna de Villa del Prado y la de Los Cedros se defienden ante las críticas y argumentan que poseen autonomía municipal en cuanto a lo que corresponde a materia de tránsito, avalados por distintas normativas como la Ley de Tránsito y las Constituciones Provincial y Nacional, por lo que pueden entregar licencias de conducir.

El director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, organismo nacional encargada de velar por estas y otras cuestiones, tiempo atrás en una nota periodística dijo en cuanto al caso particular del carnet que entrega la Municipalidad de Toledo que es patético, pero no ilegal.

“Lo que se hace en Toledo es patético, es irresponsable, es una práctica muy mala que hay que erradicar, pero no es ilegal”

El funcionario nacional también dijo que Toledo «es un paraíso registral», sin embargo, aclaró que el municipio otorga la licencia de conducir de la provincia y no la nacional, por lo que el organismo no puede actuar en dicho caso, sino que es responsabilidad del Estado cordobés.

En cuanto a la provincia, el director de Tránsito aseguró que conocía algunos municipios que no estaban cumpliendo con los requisitos que exige la ley, y que se estaban llevando a cabo investigaciones para auditarlos. Sin embargo, poco más de dos años después de dichas declaraciones, todo sigue igual.

Licencia de conducir (Foto: Archivo Transito Cordoba)

¿Y entonces?

Según la Ley Provincial de Tránsito, la Ley N° 8560 de Córdoba, establece en su artículo 13 lo siguiente:

La licencia de conducir debe tramitarse en la municipalidad o comuna donde el solicitante posea domicilio, con la única condición de que las mismas apliquen el Sistema de Emisión de Licencias autorizado por la Autoridad de Aplicación y se las registre en el o los registros de antecedentes de tránsito que ésta disponga. (…)

(…) El solicitante que posea domicilio en una jurisdicción que no se ajuste a la condición establecida en el segundo párrafo de este artículo, tiene la opción de obtener la licencia de conducir en una jurisdicción distinta a la de su domicilio que sí la aplique.

La misma normativa define a la licencia de conducir de esta manera:

Licencia de Conducir: La licencia de conducir es una autorización para conducir vehículos a motor, que expide el Estado a aquellas personas que, mediante unas pruebas, hayan demostrado reunir determinadas condiciones, conocimientos y aptitudes para ello. Las condiciones se determinan mediante una evaluación psicofísica, los conocimientos mediante un test teórico, y las aptitudes mediante un examen práctico.

Asimismo, la Ley 8560 admite como medida cautelar la retención preventiva del carnet de conducir cuando:

(…) 1.- Estuvieren vencidas o no fueran válidas para circular por la jurisdicción donde se efectuare el control. 2.- Hubieren caducado por cambio de datos no denunciados oportunamente. (…)

Por otra parte, el Codificador de Infracciones de Tránsito de la Provincia de Córdoba, basado en la mencionada Ley, establece en la sección «Licencias de conducir» las sanciones para aquellos automovilistas que infrinjan la norma en este aspecto.

Tanto para el caso de «circular con Licencia de Conducir vencida o no fueran válidas para circular por la jurisdicción donde se efectuare el control» y «Conducir con licencia caduca – cambio de domicilio no denunciado», son consideradas faltas leves, con una multa que tiene un monto entre 20 y 100 UF, a su vez implica una quita de 4 puntos del RePAT, pero no corresponde inhabilitación ni suspensión del conductor.

(Imagen: Dia a Dia)

El mencionado codificador es el instrumento legal que utiliza la Policía Caminera de Córdoba para efectuar las multas de tránsito en las rutas del territorio provincial. En consecuencia, esto significa que los efectivos policiales de considerar que las calificaciones legales son las adecuadas para hacerle un acta de constatación a alguien que tiene carnet entregado por una Municipalidad o Comuna distinta al del domicilio, podría hacerlo. Osea, la Caminera tendría la posibilidad de hacer la multa si así lo quisiera.

En tanto, el Código de Convivencia Municipal que rige en la ciudad de Córdoba, en el artículo 117 establece lo siguiente:

b) Habiendo obtenido licencia expendida por Autoridad Competente de otra jurisdicción teniendo domicilio en la ciudad de Córdoba será sancionado con una multa de tres (3) a nueve (9) (E.M.), y no podrá continuar conduciendo el vehículo.

Esto último implica que los inspectores de tránsito de la Municipalidad de Córdoba pueden realizar multa a aquellos automovilistas que tengan licencia de conducir de Toledo, por ejemplo, cuando su domicilio sea en algún barrio de la Ciudad. Asimismo, en dicho caso, no podrá seguir manejando.

Inspectores municipales labrando un acta (Foto: Archivo Transito Cordoba)

¿En la práctica qué pasa?

Suele ocurrir que la ley dice una cosa, pero en la vida diaria vemos algo similar pero no igual, o totalmente distinto. Algo que algunos considerarán positivo, y otros negativo, como en casi todo. Y este tema, no es la excepción. A partir de comentarios de automovilistas, motociclistas, camioneros, empleados oficinas de tránsito, inspectores, policías, podemos decir que cada situación es vista de forma particular, ya que depende de distintos factores, sin embargo, la generalidad es que los inspectores municipales normalmente aplican multas a quienes tienen carnet de conducir de Toledo, Los Cedros, Villa del Prado u otra localidad cuando su domicilio es en la ciudad de Córdoba.

Por su parte, la Policía Caminera, en la mayoría de los casos no hace multas a quienes tengan domicilio en una ciudad pero la licencia de conducir sea de una Municipalidad o Comuna distinta. Esto significa que durante un control vehicular en la ruta te pedirán el carnet pero si detectan este detalle no te harán la multa.

En tanto, en el resto del país, personas que han viajado con esta situación dicen que no han tenido problemas, a pesar de haber sido controlados en distintas provincias por fuerzas de seguridad e inspectores locales.

Con respecto a las compañías de seguros, la Asociación de Productores de Seguros se pronunció en distintas ocasiones en este sentido, aclarando que son válidos para la contratación de una nueva póliza, y en caso de un siniestro también son tomados de forma positiva. A las empresas aseguradoras les importa que el conductor de auto, moto o camión tenga su respectiva licencia, sin importar de qué municipio la obtiene.

6 comentarios en “¿Son ilegales los carné de conducir que entregan Municipalidades y Comunas del interior?”

  1. la licencia de conducir sirve si tengo domicilio en caba hay que validarla en algun sitio porque estoy trabajando en cordoba y se me vence alguien me puede informar gracias

  2. Hola, que tal. Saque mi licencia de conducir en Toledo ( Córdoba) y soy de Bs As, debo registrar mi licencia en algún lado para circular por Bs As?

  3. buenos dias, soy de bs as y saque la licencia en Toledo( Cordoba) xq me encontraba trabajando en Cordoba capital y se me vencia mi licencia del municipio de Lanus, en bs as.
    me pregunta es si el carnet de conducir que me dieron en Toledo, cordoba es a nivel nacional, o no me sirve en Bs As?

  4. JUAN CARLOSMARTINEZ

    Buen día, tengo que renovar el carnet de Toledo pero soyde la ciudad de Córdoba y que problemas puedo tener con dicho carnet ,que me aconsejan, renovarlo o sacarlo en la Ciudad de Cordoba,gracias.

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