Grabado de cristales, ¿es obligatorio?

Un tema que generalmente confunde a muchos automovilistas es la obligatoriedad de grabar los vidrios del auto. Algunos dicen que si no está presente la inscripción en los cristales no te dejan pasar en el ITV, otros que los inspectores y la Policía pueden hacer una multa, que no te dejan salir del país, y tantas otras cosas.

Debido a las distintas opiniones que existen en la actualidad con respecto al grabado de cristales, decidimos aclarar un poco el tema.

El grabado de cristales, ¿es obligatorio?

Por una Disposición de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA), emitida hace veinte años, el grabado de cristales es obligatorio tanto para autos como para camionetas.

Los vehículos deben contar en los vidrios laterales, el parabrisas delantero y la luneta trasera la inscripción con el número de identificación dominio alfanumérico, es decir la patente.

El grabado de cristales debe seguir una serie de pautas establecidas por la Disposición de la DNRPA. Esta norma regula en cuántos vidrios tiene que inscribirse, los lugares de los cristales donde realizar la grabación y el tamaño de la identificación.

Grabado de cristales (Foto: LaVoz)

CRISTALES DEL AUTOMOTOR EN QUE DEBE EFECTUARSE EL GRABADO:

1) En los automotores que tengan seis cristales o más, habrá que grabar como mínimo seis cristales, a saber:

  • Parabrisas delantero
  • Luneta trasera
  • Cristales laterales de mayor tamaño.

2) En los automotores que tengan menos de seis cristales, la grabación deberá realizarse en todos ellos.

3) En caso de automotores de transporte colectivo, habrá que grabar como mínimo seis cristales, a saber:

  • Parabrisas delantero
  • Luneta trasera
  • Primera y última ventanilla de ambos laterales

II- LUGAR DE LOS CRISTALES EN DONDE DEBE EFECTUARSE EL GRABADO:

  • Parabrisas delantero: parte superior derecha del cristal
  • Luneta trasera: parte superior izquierda del cristal
  • Cristales laterales: parte posterior del cristal, en su ángulo inferior

III- TAMAÑO MINIMO DE LOS NUMEROS:

El grabado de cada carácter deberá ser realizado en trazo continuo (no punteado ni segmentado) y los mismos tendrán como mínimo una altura de 6 mm.

¿El grabado de cristales, es obligatorio para hacer el ITV?

En distintas ocasiones surgió esta misma duda entre los automovilistas. Sucede que en numerosos casos alguien repite este mito, sumado a la falta de conocimiento de los controles de la Inspección Técnica Vehicular, y además que en algunos casos cuando había largas filas de autos esperando para cumplir la revisión en las plantas se acercaban personas que ofrecían el grabado argumentando la obligatoriedad para poder recibir la aprobación del ITV.

Sin embargo, vale aclarar que el grabado de cristales no es requisito para realizar la Inspección Técnica Vehicular de la ciudad de Córdoba. Por ende, el no contar con la inscripción en los vidrios del rodado no interfiere en recibir la oblea o ser rechazado el auto.

El grabado de cristales sí es requisito para la verificación física del automotor

A pesar de que el grabado no es obligatorio para realizar la Inspección Técnica Vehicular, sí lo es en el caso de la verificación del automotor. La Disposición de la DNRPA establece que en las plantas habilitadas no se procederá al control en caso de no poseer la inscripción en los vidrios.

Sin embargo, si la planta verificadora posee el equipamiento para llevar a cabo el grabado y está habilitada por la DNRPA para hacerlo, el automovilista podrá optar por realizarlo en el momento. Aunque el conductor también tiene la posibilidad de elegir cualquier otro lugar.

¿Dónde se puede hacer el grabado de cristales?

De acuerdo a lo establecido por la Disposición de la DNRPA, el conductor puede elegir cualquier lugar para realizar el grabado de los vidrios.

¿Te dejan salir del país sin el grabado de los cristales?

Gendarmería Nacional establece entre los requisitos para poder viajar al exterior en auto el contar con el grabado de los cristales.

¿Hay multas por el grabado de los cristales?

La Ley Provincial de Tránsito establece como requisito para los automotores contar con el grabado de los cristales. Asimismo, Policía Caminera prevé multas para aquellos que lo incumplan.

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