Inspeccion Tecnica Vehicular Municipalidad Ciudad de Cordoba

Policía Caminera no exige tener el ITV, pero sí tener el auto en condiciones

Para todos los automotores radicados en la ciudad de Córdoba es obligatorio realizar la Inspección Técnica Vehicular (ITV) De lo contrario, además de que podría suceder que no se detecten posibles fallas en el vehículo que aparecerían si se hiciera la revisión, el automovilista podría recibir una multa por parte de los inspectores de tránsito municipales.

Para muchos conductores esto es cosa sabida. Sin embargo, algunas veces surge la duda si la Policía Caminera puede multar a un auto por no tener el ITV.

(Foto: LaVoz)

En la Ley de Tránsito de Córdoba no se específica textualmente en el artículo 40 (requisitos de circulación) la obligatoriedad de contar con el ITV. Por lo que a priori, no sería exigible.

Sin embargo, la normativa deja abierta la puerta a posibles multas por las condiciones de seguridad en las que se encuentra el vehículo y la posesión de ciertos elementos. Por ejemplo, si un auto no tiene paragolpes o los cabezales de los asientos, el sistema de iluminación no funciona (luz de posición, baja, de retroceso, etc), no cuenta con matafuego y/o balizas, o no tiene bocina -cosas que se inspeccionan en el ITV- puede recibir una multa.

(Imagen: Dia a Dia)

En la práctica, usualmente los efectivos de Caminera no comprueban si un vehículo cuenta con la oblea del ITV, debido a este «vacío» que hay en la ley, además que gran parte de los municipios de Córdoba al igual que otras provincias no han implementado la obligatoriedad de este trámite. Pero los policías sí se encargan de revisar las condiciones en las que se encuentra el vehículo y labran las actas de infracción correspondientes en caso de detectar la falta de algunos de los elementos ya mencionados, entre otros.

En otras provincias. En Santa Fe, por ejemplo, las autoridades de tránsito sí exigen la constancia de la Revisión Técnica Obligatoria u RTO (el ITV llamado de otra forma) Lo mismo en Buenos Aires.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *