Autorizaciones por escribano público deben registrarse en la DNRPA

En los últimos años, muchos automovilistas comenzaron a utilizar autorizaciones de escribano público como reemplazo de las tarjetas verdes o cédulas azules. Esto, principalmente por la facilidad y rapidez del trámite. En consecuencia, la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA) habilitó el uso de esta documentación.

Sin embargo, debido a la gran cantidad de autorizaciones que realizaban los notarios, impuso la obligación de tener que registrarlas. Esto es, informar a la DNRPA cada autorización.

La obligación está vigente desde el 28 de febrero del 2015. Distintos Colegios de Escribanos de todo el país cuentan con un sistema que agiliza la carga de la información, la revocatoria de la autorización, entre otros trámites.

Por su parte, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires recordó que:

  • Las patentes diplomáticas son manejadas por Cancillería, no son registradas por la DNRPA, por lo tanto no son de información pública y no pueden ser consultadas en las búsquedas por dominio de ese organismo ya que quedan fuera del alcance del sistema de la DNRPA.
  • Los trailers, casas rodantes, y otros rodados sin motor no son considerados vehículos autopropulsados, por lo tanto no forman parte de los bienes registrados por el Registro Automotor. Los escribanos podrán ingresar los dominios que remolcan estos rodados.

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