Sobre el descargo de las multas de tránsito de la Caminera de Córdoba

En verano, cuando muchos conductores deciden viajar y salen a la ruta, pueden ser sancionados con una multa. La historia señala que el efectivo policial tendrá sus argumentos para labrar el acta, que son las normativas de tránsito, y que debe ser efectuada por una infracción, y por otra parte que el conductor tendrá los suyos para defenderse y negar el hecho.

Ante estas situaciones conflictivas, existe el derecho a la defensa. Toda la información sobre los descargos.

En primer lugar cabe mencionar que los uniformados deben entregar en mano el acta de constatación de la infracción de tránsito que se cometió. Esto en algunos casos no sucede, mayoritariamente con la de las multas fotográficas de algunos municipios, aunque se hablará de eso más adelante.

Por ejemplo, si un automóvil circulaba excediendo el límite de velocidad máxima en una ruta convencional (110km/h) y ésta falta fue detectada por un móvil de Caminera o por un radar, el próximo puesto deberá detener el vehículo y entregarle la boleta. Luego de esto, pueden ocurrir distintas cosas: hacer el descargo o pagar (ver: Cómo funciona el sistema de multas de la Caminera)

En caso de no querer efectuar la presentación de defensa, se puede optar por abonar la multa y si es dentro de los 10 días desde la fecha en la que se labró el acta se podrá acceder al Pago Voluntario, que representa una reducción del 50% del valor (ver más sobre el Pago Voluntario)

Por otra parte, el conductor podrá decir que nunca sobre pasó el límite de velocidad y que la multa es un «invento» de los uniformados, y que por lo tanto no abonará. En ese caso, la persona tiene el derecho a la defensa y puede realizar el descargo.

El mismo deberá ser presentado ante el Juzgado de Faltas que figura en la boleta, o de lo contrario al más cercano al domicilio de la persona, siempre que sea un Tribunal avocado al tratamiento de las multas de Caminera, los cuales se encuentra únicamente en la provincia de Córdoba.

Fuera del territorio cordobés ningún Juzgado está habilitado a tramitar un descargo de un vecino de esa provincia o localidad. Sólo puede hacerse con los que están en Córdoba (ver listado)

Al respecto, el Artículo 109 de la Ley Provincial de Tránsito establece:

ARTÍCULO 109.- TERRITORIALIDAD E INTERJURISDICCIONALIDAD. Todo infractor será juzgado por el Juez competente registrado ante la Autoridad de Aplicación que corresponda a la jurisdicción del lugar de comisión de la infracción, o el que determine la Autoridad de Aplicación.
Cuando el infractor se domicilie a más de sesenta (60) kilómetros del asiento del Juez competente que corresponda a la jurisdicción del lugar de comisión de la infracción, tendrá derecho a tramitar su descargo en la justicia de faltas de la jurisdicción que corresponda a su domicilio, siempre que dicho juzgado esté registrado ante la Autoridad de Aplicación, conforme a esta Ley.

A propósito del tema, la Policía Caminera en su sitio web confeccionó un listado de preguntas frecuentes con sus correspondientes respuestas.

  • ¿En qué consiste el descargo de multas de Caminera? Realización del descargo correspondiente o interposición del recurso de apelación o reconsideración por parte del infractor, ante una multa realizada por la Policía Caminera
  • ¿Cuándo es necesario realizar el descargo? Luego de ser multado por la Policía Caminera
  • ¿Quién puede realizar el descargo de la multa? El trámite es estrictamente personal e intransferible, no se aceptan intermediaciones y/o gestorías.
  • ¿Cuáles son los requisitos para hacer el descargo? Se deberá presentar una muestra del comprobante de pago de la multa.
  • ¿Cómo informan al individuo de la resolución del trámite? Para ello, se debe concurrir a la dependencia.
  • ¿Tiene vencimiento el trámite? Sí, 10 (diez) días hábiles de la fecha de la multa.
  • ¿Tiene costo el descargo? No, el trámite es gratuito.

Y el portal de trámites de la Provincia de Córdoba hace una acotación sobre este mismo tema. En primer lugar, que pasado los 10 (diez) días de vencimiento, el trámite debe ser realizado en Rentas. Es decir, no podrá ser gestionado en el Juzgado.

Ahora bien, ¿cómo debe presentarse el descargo? El mismo debe hacerse por escrito y presentarse personalmente, o en caso contrario hacerlo por medio de una nota certificada como lo es la carta documento o carta con certificado de aviso, enviándolas por correo postal. Cabe recordar que por correo electrónico los Juzgados no reciben los descargos.

La presentación debe ser lo más clara y sólida posible. Es decir, deben mencionarse argumentos que sean válidos y convincentes para que el Juzgado de Faltas tome una decisión de hacer lugar o rechazar el pedido. Cabe destacar que el Tribunal puede aceptar la presentación y quitar la sanción (multa económica y los puntos del carnet) o de lo contrario rechazar la solicitud de la persona y mantener los cargos.

En caso que el Juzgado no apruebe el descargo, la decisión puede ser apelada y tomar toda las vías necesarias (inclusive judiciales) para hacer valer el derecho de defensa de la persona.

Si llegase a ser una de las denominadas «multas inventadas», es decir que nunca se estuvo en el lugar, por ejemplo, en el descargo pueden presentarse comprobantes al respecto. Para ejemplificar: el conductor estuvo de vacaciones en Brasil durante la primera semana de enero, pero a fines de ese mes le llega un acta por una infracción en la misma fecha que él no estaba en el país.

La persona podrá agregar al descargo los comprobantes del viaje o de la hostería donde se alojó, en caso de seguir con el ejemplo. También podría hacerse con el ticket del peaje, o fotografías del lugar donde se constata una irregularidad en el camino (líneas mal pintadas, por decir) que puedan haber sido motivo de la multa.

¿Existe algún modelo de descargo? Sí, Vialidad Nacional da consejos y confeccionó distintos modelos de notas para distintas presuntas infracciones y para algunos lugares. Aunque no hay específicamente modelos de notas de Caminera, pueden utilizarse como referencia los ya existentes (ver: Notas modelo de descargos de Vialidad Nacional)

En este mismo sentido, y como consecuencia de la gran cantidad de consultas, el organismo nacional hizo un instructivo sobre qué puede ocurrir luego de presentar el descargo:

¿Qué puede ocurrir luego de enviar el descargo? El Tribunal Administrativo de Faltas (o similar, dependiendo de cada Jurisdicción) debería responderle a Ud. en forma fehaciente –alguien debe firmar la recepción de esa correspondencia en su domicilio, cosa que certifique haberla recepcionado como las normas procedimentales lo exigen-.

Pueden ocurrir tres cosas:  1) Ud. nunca recibe contestación a su descargo; 2) Le contestan dándole la razón; 3) Rechazan su solicitud.

Caso 1) Corrobore si su multa fue registrada como un antecedente de tránsito. A efectos de obtener por internet una rápida noción sobre las multas afectadas a su patente, si su chapa es de la provincia de Buenos Aires, puede ingresar en www.gob.gba.gov.ar y allí encontrará un sector donde puede averiguar sobre multas. En el caso de Córdoba, puede verse cómo consultar en Rentas.

Si su patente es de la Capital Federal, puede googlear «CONSULTA DE INFRACCIONES» y allí obtendrá datos al respecto. Para conocer información fehaciente, deberá solicitar el INFORME Nº 13 «i» al Registro Seccional de la Propiedad Automotor que a Ud. le corresponda. La página de Internet de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor es la siguiente: www.dnrpa.gov.ar

Caso 2) Un dolor de cabeza menos, puede despedirse de la fotomulta sin problemas.

Caso 3) En ese caso Ud. deberá volver a enviar un nuevo descargo (obténgalo de nuestra página web: www.vialidad.gov.ar / multas fotográficas / modelo falta de sustanciación). En esta segunda oportunidad, Ud. Deberá explicarle al Juzgado Administrativo de Faltas (o similar según la jurisdicción que se trate) que se hizo caso omiso a su primer presentación, por tanto se vulneró su derecho de defensa y a obtener una decisión fundada y se incumplieron varias normas que hacen al procedimiento que la ley impone, a saber:

I) Inobservancia de los requisitos en materia de notificaciones; II) violación al derecho de defensa de los usuarios de la red vial; III) violación al principio del debido proceso adjetivo; IV) ilegitimidad del acto administrativo de sanción.

(Imagen: Día a Día)

29 comentarios en “Sobre el descargo de las multas de tránsito de la Caminera de Córdoba”

  1. Lamentablemente el sistema «Policía Caminera» tiene un objetivo principal que es el recaudatorio escudado en un mal concepto de la «Seguridad Vial». Es impensable pretender hacer Seguridad con un par de Agentes parados en una autopista, camuflados en la sombra de un puente, donde la velocidad máxima permitida es de 130 km/hs y te detienen en el medio de la ruta (en 100 m pasas de 130 a 0 km/h) para preguntarte a donde te dirige o para ver si se esta usando el cinturón de seguridad.
    Vivo en Villa Allende, mi auto (modelo 2010) tiene 230000 km, la mayoría realizados en la Prov. de Córdoba. Paso un promedio de 3 a 4 controles de caminera por día (el primero lo tengo a 3 cuadras de casa). Creo que tengo claro la necesidad de circular con las luces bajas prendidas. Hoy me ponen una multa la Caminera en Carlos Paz (a 150 m de donde comienza la Autopista) ¿Por que? La respuesta de la caminera fue: prendió las luces bajas 50 m antes de llegar al puesto de control … Lo cual es verdad cuando llegué al puesto de control tenia las luces prendidas… Soy un inconsciente circulé 100 m sobre la Autopista con las luces Bajas apagadas (eran las 17 hs) Dr. de la Sota ¿esto es hacer Seguridad Vial? o es una más de las tantas formas de meter la mano en los bolsillos de los Cordobeses.

  2. SIN UNOS CHORROS LA CAMIONERA DE CARLOS PAZ. FALTA DE RESPETO ES LO Q HACEN CUANDO DEBEN PRIMERO ADVERTIR AL DUEÑO DEL VEHICULO QUE ESTA EN FALTA, NO METER MULTA DE UNA. SON SINVERGUENZA!! NO ME DA GANAS DE IR MAS. CUANDO A MI FAMILIA Y A MI NOS FASCINA CORDOBA. SIEMPRE LOS ELEGIMOS A UDS CUANDO HAY TANTAS PROV POR RECORRER…

  3. El «acechar» en las rutas camuflados entre matorrales, esperando que el ciudadano comun que con su trabajo paga sus sueldos, cometa alguna infraccion no es un DELITO??. Asi estan los radares ubicados en todas las rutas de Cordoba, por supuesto dos km mas adelante, esta el control Policial «bien visible», que te paran y ya tenes el Acta confeccionada. Alli te recibe un efectivo que con mucha educacion te dice, Jefe no se haga Problema si usted no es de Cordoba hace el descargo en su localidad y no paga nada, solo es un llamado de atencion por ser la primera infraccion, ahora si reincide, si la va a pagar !!!. Terribles mentirosos falta de bolas, todo lo hacen para hacerte firmar y despues minga la tenes adentro diria Maradona. Me hicieron la multa cerca de Vicuña Makena, donde minutos antes estuve como 15 minutos para poder pasar tres cosechadoras de gran porte,en la misma direccion, que iban a no mas de 30km, ocupando ademas hasta la mitad de la mano contraria, sin vehiculo de custodia, con luces balizas. Minutos despues pasaron por el control, pero no vieron la falta que es «obstruccion al transito». A Cordoba por muchos años no vuelvo mas.

    1. así son los cordobeses, descaradnente asalt6antes; pero lo que recomiento a todo que trasite córdoba, si no tiene más alternativa que pasar por esa provincia RAPIÑERA, que lea el artículo 69 de la ley nacional nº 24449, y los mande a la casa de la hetaira que los alumbró, artículo que también lo tienen éstos invcalificables en sus leyes provinciales, pero lo desconocen con tal de portar para el mantenimiento del «quinchito capilar» de su gobernador

  4. circulando por la ruta nac 148 v dolores me para el agente gaston ruiz de la caminera de cordoba. me pide toda la documentacion,la lleva al movil cuando regresa me dice que me hace la multa por circular sin luz baja .lo cual venia encendida le discuto que no es asi otro agente mas honesto me termina de dar la razon .pero la multa esta imprinida me dice el agente ruiz.la voy a pagar pero es un robo los controles de cordoba CAPACITEN MAS AL PERSONAL para salir ala calle

  5. Hernan Aznarez

    EL DIA 05-02-2014 EL AGENTE JONATAN MARTINEZ (0713/11) ME PARA EN MEDIO DE LA RUTA 38, ME HACE TIRAR A LA BANQUINA,ME HACE EL CONTROL DE ALCOLEMIA, DA TODO PERFECTO, Y ME DICE QUE ME VA HACER LA MULTA POR NO LLEVAR EL CINTURON DE SEGURIDAD, EL RESTO DE MI FAMILIA LO TENIA TODO PUESTO…LE RESPONDO QUE ME LO SACO CUANDO EL ME HACE TIRAR A LA BANQUINA MIENTRAS ESPERO QUE SE ACERQUE AL AUTO, ME DICE QUE NO ME LO TENDRIA QUE HABER SACADO, QUIERO SABER PORQUE NO PUEDO SACARMELO SI ELLOS ME HACEN SALIR DE LA RUTA A LA BANQUINA???
    VOY COMO ELLOS ME DICEN A UN TRIBUNAL DE FALTAS A HACER EL DESCARGO, ELLOS ME DICEN QUE PODIA IR CUALQUIERA, ES MAS EN CAPITAL FEDERAL TAMBIEN, PERO NO AGUANTE Y FUI AL DE LA FALDA, DONDE NO QUISIERON TOMARME EL DESCARGO, YA QUE ME TENIA QUE DIRIGIR AL TRIBUNAL DE DEAN FUNES!! EN SU MOMENTO ME REHUSE A FIRMAR LA MULTA, Y FUI OBLIGADO A HACERLO POR EL AGENTE, PERO EN LA COPIA QUE LES QUEDA PUSE QUE FIRMABA EN DISCONFORMIDAD….POR FALTA DE TIEMPO…YA QUE EL 20-02 ME VENCE LA MULTA TENDRE QUE PAGARLA, PERO ME SIENTO ROBADO, ESTAFADO, MAS CUANDO DEBIDO A MIS NERVIOS SE ACERCA OTRO AGENTE Y ME DICE…»TENEMOS QUE JUSTIFICAR QUE ESTUVIMOS TRABAJANDO, NOSOTROS VAMOS A COMISION, VOS ANDA DESPUES A UN TRIBUNAL DE FALTA QUE TE LA SACAN» LAMENTO QUE POR ESTAS COSAS UNO TENGA QUE OPTAR POR OTROS DESTINOS, YA QUE ME SENTI OSTIGADO CADA MOMENTO QUE FUI PARADO EN LA RUTA…UN TRATO MUY FEO PARA CON LOS TURISTAS.
    SI ALGUIEN PUEDE HACER ALGO, QUE ESTE LEYENDO ME ENCANTARIA, LOS $522 PESOS YA LO HABRE PAGADO SEGURAMENTE, PERO ME ROBARON

    1. sin duda alguna; es un mero latrocinio institucionalidado por los cordobeses

  6. como ex uniformado del cuerpo de camineros del Uruguay, veo con gran pena la escasa profesionalidad de muchos integrantes de policia caminera de Córdoba,quienes se les nota el desconocimiento y/o la despreocupación en su cometido, ya que no hacen uso de estudios de mécanica, ni luces, en vehiculos que detienen para fiscalizar, tampoco veo conocimientos de primeros auxilios, y mucho menos de su indumentaria que, en algunos casos dan lástima!! es simple apreciación, para mi gusto es mejor educar, contener y apoyar a quienes transitan las rutas de la mejor provincia argentina!!! SERVIR Y NO SERVIRSE!!! CAMINEROS ES PATRIA!!!!

    1. aparte el destrato, y prisa por percibir la multa, cuyo producto se la reparten entre varias instituciones gubernamentales; Juzgado; policía: rentas, el policía actuante; etc; esto es cuanto menos, inmoral;estos, patria, ni conocen el concepto, es sólo su interés. nada existe fuera de él, y recaudar, recaudar de cualquiier forma y manera; por buenas y balas artes; maquiavélicos, para ellos el fin justifica los medios, aúnque éstos sean execarbles

  7. Arnaldo David

    me parece muy bien con las multas realizadas por la caminera,de cordoba.pero a la ves no me parece bien las multas fotográficas realizadas por distintos municipios.de cordoba.

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