Consultas sobre las multas de tránsito en Córdoba labradas por Policía Caminera

¿Multas de Policía Caminera? ¿Infracciones de tránsito? ¿Dudas sobre las leyes de tránsito de Córdoba? Se encuentran algunas de las consultas más frecuentes sobre estos temas, principalmente sobre las multas de tránsito que realiza diariamente la Policía Caminera en las rutas de Córdoba.

Es importante leer la información siguiente ya que aclara algunos puntos sobre las infracciones/actas labradas por la Policía de Córdoba. Se aborda el tema de las actas en general, el pago voluntario, el descargo de las multas, y algunas cuestiones sobre las leyes de tránsito que hace cumplir la Policía Caminera.

Consultas sobre las multas de tránsito de la Policía Caminera de Córdoba

¿Que tipo de sanciones se aplica por las infracciones de tránsito?

Las sanciones que se aplican es: multa y quita de puntos del carné.

La multa se aplica al vehículo o al conductor

La Multa es una sanción, y se aplica al conductor, no al vehículo.

¿La Policía Caminera debe notificarme del Acta de Constatación?

Siempre, la Policía Caminera, debe detener al vehículo y notificar al conductor de la infracción cometida mediante la entrega de un Acta de Constatación. Sólo en los casos en que el conductor se diera a la fuga, y no haya sido posible identificarlo, se puede labrar un acta con los datos del vehículo.

¿Qué es el Pago Voluntario?

El Pago Voluntario es el que puede realizarse dentro de los 10 días de labrada la multa para así obtener un descuento del 50%.

¿Cómo se hace el Pago Voluntario?

Se realiza con la boleta que contiene el Acta de Constatación que labra la Policía Caminera. Para acogerse al Pago Voluntario los infractores pueden abonar con el Acta en cualquier sucursal de los bancos Provincia. o Nación.

¿Qué pasa si se me vence el plazo para el Pago Voluntario?

Vencido el plazo estipulado en el Acta, el infractor si aún quiere acogerse al pago voluntario, puede concurrir a un Juzgado de Faltas habilitado por la Provincia (hay 42 en el interior provincial) a efectos que se le extienda un cupón de pago con nueva fecha de vencimiento.

¿Hay alguno de estos juzgados en la ciudad de Córdoba?

Sí. El Juzgado correspondiente a Córdoba Capital encuentra en calle Spilimbergo N° 3556 de Barrio Cerro de las Rosas, donde las personas podrán concurrir (a solicitar el cupón de pago actualizado respectivo o a presentar descargos que hagan a su derecho).

Puede ver el listado completo de los Juzgados de Faltas avocados a las multas de la Policía Caminera de Córdoba.

¿Si me hicieron la multa en Las Varillas y soy de Córdoba, dónde tengo que pagar?

En cualquier sucursal del Banco de Córdoba o del Banco Nación.

¿Dónde pago la multa si soy de otra Provincia?

En cualquier sucursal del Banco Nación.

¿Qué pasa con el conductor que no cumpla con la sanción, es decir que no paga la Multa?

El conductor que no cumpla con la sanción será demandado al cobro por el tribunal de faltas correspondiente y si el pago no es cancelado, no podrá renovar el carné.

¿Cuáles son las máximas velocidades a las que se puede circular?

La máxima velocidad a la que se puede circular es la reglamentada en la señal de velocidad máxima. Ante la ausencia de señales de velocidad, rigen las velocidades máximas para cada tipo de ruta y/o vehículo:

CALLES: 40 km/h
AVENIDAS Y TRAVESÍAS: 60 km/h.
RUTAS CONVENCIONALES: 110 km/h.
AUTOPISTAS: 130 km/h.
CAMIONES: 80 km/h.
ÓMNIBUS: 90 km/h en Rutas Convencionales y 100 km/h en Autopistas.

Si en una ruta, un tramo dice máxima 80. ¿Cuál sería el máximo a respetar, 80 de la señal o los 110 que establece la ley?

Siempre se debe respetar la velocidad reglamentada en la señal, es decir 80 km/h. Donde no existan señales de velocidad máxima, en una ruta rige la de 110 km/h.

¿Qué diferencias existen entre autopista, autovía y ruta?

AUTOPISTA

Vía que está especialmente proyectada, construida y señalizada como tal para la exclusiva circulación de automotores, donde está prohibido estacionar, y sólo podrá pararse en la banquina del lado derecho cuando, por desperfectos en el vehículo, el mismo no pueda circular, pudiendo el conductor sólo caminar hasta el teléfono de auxilio, y que además reúna las siguientes características:

  • No tener acceso a la misma, en forma directa, las propiedades colindantes.
  • No cruzar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de ferrocarril o tranvía, ni ser cruzada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumbre de paso alguna.
  • Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja de terreno no destinada a la circulación y en casos excepcionales, por otros medios.
  • Poseer Control Total de Accesos, es decir que los ingresos y egresos de la autopista sólo pueden darse a través de los enlaces o distribuidores de tránsito. Sólo quedan exceptuados de este requisito las Áreas de Servicio.
  • Tener banquinas pavimentadas a ambos lados de cada calzada.
  • No atravesar tramos urbanos

AUTOVÍA

Carretera que inicialmente fue realizada como un camino convencional y luego fue conformada según los lineamientos que caracterizan a las autopistas, donde está prohibido estacionar, y sólo podrá pararse en la banquina del lado derecho cuando, por desperfectos en el vehículo, el mismo no pueda circular, pudiendo el conductor sólo caminar hasta el teléfono de auxilio, y que además reúna las siguientes características:

  • No tener acceso a la misma, en forma directa, las propiedades colindantes.
  • No cruzar a nivel ninguna otra senda, vía, línea de ferrocarril o tranvía, ni ser cruzada a nivel por senda, vía de comunicación o servidumbre de paso alguna.
  • Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja de terreno no destinada a la circulación, en casos excepcionales, por otros medios.
  • Poseer Control Parcial de Accesos, es decir que los ingresos y egresos de la autovía pueden darse en otros puntos y no sólo a través de los enlaces o distribuidores de tránsito. Dichos ingresos y egresos se efectuarán a través de carriles especialmente diseñados para tales efectos.
  • Tener banquinas pavimentadas a ambos lados de cada calzada.
  • Ser de uso exclusivo de automotores, si las calzadas de servicios o vías alternativas, aseguran la continuidad del itinerario para aquellos vehículos cuya circulación por la calzada principal se vaya a limitar.
  • Atraviesa tramos urbanos, por lo cual debe disminuirse la velocidad en esos sectores.

RUTA CONVENCIONAL

Vía que no reúne los aspectos propios de las autopistas, autovías o vías rápidas, pero que tiene las siguientes características:

  • Calzada única de dos carriles, uno por sentido de circulación (y un carril adicional en algún tramo).
  • Velocidad de proyecto mínima de ochenta (80) km/h o cien (100) km/h en terreno llano.
  • Calzada de siete (7,30 m) metros y banquinas pavimentadas de un metro con cincuenta centímetros (1,50 m) como mínimo.
  • Aquellos casos de dudosa clasificación se asimilarán a este tipo de vía.

Puede ver más información en la Ley Provincial de Tránsito de Córdoba.

¿En qué casos la Policía Caminera no debe dejar circular un vehículo?

No debe circular el vehículo cuando el conductor no posea Carné de conducir, cédula verde y/o el auto no tenga luces.
Los transportes de carga no podrán circular cuando se comprobare que estuviera o circulare excedido en peso o en sus dimensiones, cuando no cumpla con la normativa vigente sobre transporte de carga en general o de sustancias peligrosas.

Puede ver más información en Sanciones por multas en Córdoba de la Policía Caminera

¿La Policía Caminera realiza controles de alcoholemia?

Sí.

¿Pueden ir personas en la caja de una camioneta o de un camión?

No.

¿Cuántas personas pueden viajar en un auto?

Tantas personas como cinturones de seguridad posea el vehículo.

¿Cuántas personas pueden viajar en una moto?

Dos (2)

¿Qué pasa si yo no sé que se me quemó una lámpara de la luz baja del auto y me labran un acta de constatación?

Puedo solicitar al agente de control que deje constancia en el Acta de tal situación y tengo el derecho de presentar un descargo ante el Juez de Faltas.

¿Se debe circular con las luces bajas encendidas en la Circunvalación?

Sí, pero sólo en las calzadas de la Autopista. No en las calzadas de servicio (las que dan a propiedades frentistas)

¿Dónde debo hacer un descargo?

El descargo se debe realizar dentro de los 5 días de labrada el Acta de Constatación, en el Juzgado que corresponda al lugar de comisión de la infracción, pero también se puede tramitar el descargo ante el Juzgado más próximo a su domicilio que esté avocado al juzgamiento de faltas de tránsito constatadas por la Policía Caminera.

Puede ver el listado completo de los Juzgados de Faltas avocados a las multas de la Policía Caminera de Córdoba y más información sobre los descargos de las infracciones de tránsito AQUI

¿Cuáles son las infracciones que con mayor asiduidad se controlan en las rutas?

Las infracciones más comunes que controla la caminera son:

  1. Adelantamiento prohibido (doble línea continua )
  2. Velocidad superior o inferior a la reglamentada.
  3. Violación de la prioridad
  4. Señal de Pare.
  5. Señal de Ceda el Paso.
  6. Adelantamiento por la banquina.
  7. Llevar las luces bajas apagadas.
  8. No usar los ocupantes del vehículo el cinturón de seguridad
  9. Trasportar más personas de las permitidas (tantas como cinturones de Seguridad posea el vehículo )
  10. Trasportar personas en la cajas de camioneta o camiones.
  11. Transportar menores de 10 años en el asiento delantero.
  12. Conducir con tasa de alcohol superior a la admisible.
  13. No guardar las distancia de Seguridad con el vehículo que lo precede.
  14. Circular en motocicleta o ciclomotor sin casco.
  15. Circular en contra mano.
  16. No advertir las maniobras mediante la señal de giro.
  17. Realizar adelantamientos en curvas.

Más información sobre las multas que realiza la Policía Caminera de Córdoba.

¿Cuál es el desarrollo y resolución de las multas de Caminera?

  1. Confección del acta – notificación
  2. Cargar actas en el sistema
  3. Remitir actas al juzgado
  4. Verificar pago espontáneo o voluntario
  5. Evaluación del descargo
  6. Verificación de reincidencias
  7. Resolución del juez
  8. Notificación de la resolución
  9. Cumplimiento de la sanción para renovar la licencia de conducir

Por dudas o consultas sobre las multas de la Policía Caminera de Córdoba comuníquese telefónicamente con la Dirección General de Rentas Córdoba a los números 0800 444 8008 (opción 1) de Lunes a Viernes de 8 a 20hs. De lo contrario, con el Juzgado de Faltas.

325 comentarios en “Consultas sobre las multas de tránsito en Córdoba labradas por Policía Caminera”

  1. Hola que tal, me labraron un acta el mes de noviembre del año 2010 en una Ruta Nacional por un exceso de velocidad, la máxima era 110 kmts por hora y yo iba aproximadamente a 115 kmts. por hora sin superar los 120 kmts por hora y sin superar el margen de error que el oficial me dijo, siendo este de un 10 % y recién hoy 26/4/2013 (después de dos años y medio) me llega a mi domicilio de la pcia de Bs. As. una carta que dice que debo abonar una determinada cantidad de dinero. al día siguiente de labrada el acta y atento a la distancia que ostento entre mi lugar de residencia y la provincia de Córdoba realice un descargo por escrito el cual envié por correo y nunca obtuve respuesta del mismo hasta el día de hoy que encontré esa nota en mi cartero. La consulta es la siguiente: Como puede ser que después de tanto tiempo y sin recibir una contestación del descargo que efectué me llegue la carta para abonar? La verdad es que me encuentro desempleado y ese monto se me hace imposible pagarlo, como lo puedo resolver? Aclaro que por la mala situación económica que hoy en día atravieso me es imposible acercarme a la Pcia. de Córdoba. Desde ya muchas gracias y espero una favorable respuesta.

    1. tránsito Córdoba

      Hola Daniel. Por su consulta, deberá intentar comunicarse con alguno de los Juzgados de Faltas avocados a las multas de la Policía Caminera; puede ver el listado completo y más información sobre los descargos en http://transitocordoba.com/transitocordoba/policia-caminera/descargo-de-las-multas-de-transito-en-cordoba-de-policia-caminera/ En otro caso, comuníquese telefónicamente con la Dirección General de Rentas Córdoba (área provincial encargada de las multas) a lo número 0800 444 8008 (opción 1) de Lunes a Viernes de 8 a 20hs.

  2. Silvia Eroles

    Hola: me labraron un acta por exceso de velocidad en la autopista: circulaba a 137 km/hs. Me dijo el policia que habia un margen de error de un 10%, es decir, si ello es asi, podria realizar el descargo por no superar el limite de ese 10 %? Donde encuentro legislacion que me hable de ello para poder fundar mi descargo… Muchas gracias.

  3. Quisiera saber si en caso de llevar las luces de posición y además los faros antiniebla circulando por una autopista a las 6 de la tarde (con pleno sol) se puede considerar infracción al no haber puesto las luces bajas.

    1. Gracias por la respuesta, Quisiera saber si me podés ampliar que pasa si la infracción es en una ruta nacional, vale la Ley provincial?

  4. Alejandro Pittaro

    No vivo en Córdoba y necesitaria actualizar la boleta para el pago voluntario, que se me ha vencido recientemente. no hay posibildad vía internet de dicha actualización para poder abonarla en el banco o también vía internet por pago mis cuentas por ej.. Gracias.

    1. tránsito Córdoba

      Hola Alejandro, qué tal. Tal como se menciona en esta publicación, si se vence el plazo establecido del Pago Voluntario y aún quiere adherirse al mismo, puede concurrir a un Juzgado de Faltas habilitado por la Provincia (hay 42 en el interior provincial) a efectos que se le extienda un cupón de pago con nueva fecha de vencimiento. Puede ver el listado de Juzgados en http://transitocordoba.com/transitocordoba/policia-caminera/descargo-de-las-multas-de-transito-en-cordoba-de-policia-caminera/ Los únicos medios de pago para las multas de Caminera son sucursales del Banco de Córdoba y Nación.

      Saludos!

  5. Roberto Lorenzo

    La idea es unicamente recaudar, me hicieron una multa por circular con las luces apagadas.Entiendo que es una falta, pero interpreto que no es logico cobrar 2399 pesos por ello. Lo que logarn con esto es que no vuelva mas a visitar la provincia. No quieren a los turistas como tales. Las municipalidades del interior de la provincia colocan trampas casabobos en las rutas con ladrones disfrazados de policias. ¿Quisiera que me responda que sucede si no pago la multa, y obviamente no voy mas por su hermosa provincia?

    1. tránsito Córdoba

      Hola Roberto, qué tal. Como se menciona en esta publicación, El conductor que no cumpla con la sanción (no paga la multa) será demandado al cobro por el tribunal de faltas correspondiente y si el pago no es cancelado, no podrá renovar el carné. Puede ver más información sobre las sanciones por multas en Córdoba de la Policía Caminera

      Saludos!

    1. tránsito Córdoba

      Hola Marcelo, qué tal. ¿Nos podría comentar un poco más sobre la situación? No logramos comprender su consulta.

  6. Puede la policia provincial de Cordoba, o de cualquier otra provincia, labrar actas de infracción de tránsito en una ruta nacional?. Según la ley nacional de tránsito en vigencia en todo el pais, la única autoridad con jurisdicción para hacerlo es gendarmería. No vi en la ley provincial de tránsito de Córdoba mención a si hay un convenio con gendarmería. Una ley provincial no puede pasar por sobre una ley nacional , no es asi ?

    1. tránsito Córdoba

      Hola Carlos, qué tal. No tenemos conocimiento de si hay un convenio entre la Policía Caminera y Gendarmería. Sin embargo, la Policía de Córdoba sí puede realizar controles y multas en rutas nacionales, ya que aducen que están en territorio provincial. Igualmente, hay una disputa por el tema debido a la jurisdicción.

  7. hola en soto me hicieron una multa por exeso de velocidad. circulaba a 124 km/hs hice un descargo devido a que pase a un auto que iva a muy vaja velocidad saliendo de una curva lo tenia que pasar era imposible frenar por los autos que venian atras. fue entonces cuando me toma el radar ice el descargo y no me dieron favorable . devo pagar esa multa ? hay un plan de pago? y si no pago a el auto que sirculaba a vaja velocidad y estaba destruido ni siquiera lo pararon !!

    1. tránsito Córdoba

      Hola Marcelo, qué tal. Si usted hizo el descargo de la multa de caminera por ese hecho que relata y el Juzgado de Faltas falla en su contra usted deberá abonar el total del valor del acta. Eso mismo se menciona en Carnet de conducir por puntos de Córdoba:

      ¿Qué pasa si el conductor admite que cometió una infracción de tránsito?
      El reconocimiento de la falta de tránsito permite el pago voluntario con un descuento del 50% en el importe de la multa. No así en la quita de puntos. Cuando el conductor a quien se le constató una infracción de tránsito presente un descargo ante un Juez de Faltas de Tránsito, y el fallo le sea desfavorable, se aplicará el 100% de la multa y el 100% de la quita de puntos.

      Por consultas sobre planes de pago comuníquese telefónicamente con la Dirección General de Rentas Córdoba a los números 0800 444 8008 (opción 1) de Lunes a Viernes de 8 a 20hs

      Saludos!

  8. HOLA BUENOS DIAS, QUERIA SABER SI LA AV. PADRE LUCHESSE A LA ALTURA DEL KM 2, ES RUTA PROVINCIAL O NO?. MUCHAS GRACIAS

  9. nelson carranza

    quisiera saber cómo hago el descargo de una multa de la policía caminera que me llegó por correo y que yo nunca firme y ahora me llega la multa como vencida. ??

    1. tránsito Córdoba

      Hola Nelson, qué tal. Por su caso comuníquese telefónicamente con la Dirección General de Rentas Córdoba a los números 0800 444 8008 (opción 1) de Lunes a Viernes de 8 a 20hs, para que puedan asesorarlo.

      Saludos!

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