Rentas lanzó beneficio para el pago de deudas de multas de Caminera e impuestos provinciales

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba amplió el régimen excepcional de regularización. Accediendo al mismo, se puede obtener descuento de hasta el 70%, beneficio que se aplica en distintos gravámenes provinciales. El régimen es válido para deudas vencidas hasta junio y no afecta cuál sea su instancia de cobro.

Esta semana, la DGR anunció el lanzamiento de un nuevo régimen excepcional de regularización de deudas. Según dijeron, el beneficio rige para todas las deudas por obligaciones tributarias vencidas al 30 de Junio de 2015 cualquiera sea su instancia de cobro, sea Administrativa, Prejudicial y/o Judicial. Este régimen se aplica para la mora en el Impuesto Inmobiliario, el Impuesto a la Propiedad Automotor, el Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuestos de Sellos. También se da para el caso de las multas de tránsito de Policía Caminera.

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¿Qué obligaciones se pueden pagar con este beneficio? Además de los mencionados impuestos, Rentas anunció que se puede abonar deudas en proceso de Fiscalización – Determinación de Oficio. Esto incluye multas aún aplicadas con posterioridad al 30 de Junio.

También se puede acceder a pagar la denominada «Cuota 51». Hay tiempo hasta el 30 de Octubre de 2015, hasta cuando se podrá cancelar la Cuota 51/2014, considerándose este pago en término en forma excepcional.

Por último, en el caso de Ingresos Brutos como requisito exige Rentas que se tengan presentadas todas las Declaraciones Juradas vencidas hasta la solicitud.

Multas. En el caso de las multas de tránsito de Policía Caminera, la Dirección General de Rentas informó que el beneficio comprende multas firmes, con declaración de rebeldía al 31 de Mayo de 2015 y multas no firmes.

Para más información y consultas sobre detalles del régimen de regularización se debe llamar a la DGR, teléfono 0800-444-8008 / 0800-888-9988.

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