Cuál es el nivel de alcoholemia en la ciudad de Córdoba

En el año 2013, la Legislatura de la Provincia de Córdoba aprobó una ley la cual establece la implementación del programa «Alcoholemia Cero».

Se trata de la ley provincial 10.181, a la cual los Municipios deben adherir voluntariamente para que la misma se aplique en las jurisdicciones municipales. De lo contrario sólo tiene vigencia en las rutas provinciales y nacionales del territorio cordobés, caso en el que es aplicada por la Policia Caminera.

Pero, entonces, ¿cuál es el nivel de alcoholemia permitido en la ciudad de Córdoba? La Municipalidad de Córdoba no adhirió a la ley provincial, por lo que en el territorio de la Capital se sigue aplicando lo establecido por la Ordenanza 9.981, la cual menciona que el nivel de alcoholemia máximo permitido es de 0,4 g/l en el caso de vehículos particulares.

Para el restante de los casos, como choferes del transporte público o motocicletas el nivel es, como está establecido desde la puesta en vigencia del Código de Tránsito Municipal, de 0,0.

Quien supere ambos niveles de alcohol en sangre, ante el control vehicular de la Policia Municipal de Tránsito, será demorado y no se le permitirá continuar su marcha, siendo sancionado además ya que se encuentra en infracción.

No obstante, en caso que un acompañante viaje en el vehículo y el mismo tenga licencia habilitante para el tipo de rodado y ante el control de alcoholemia no esté en falta, podrá conducir.

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