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Normas de comportamiento vial: marcha atrás y adelantamiento en rutas de Córdoba

La Dirección de Defensa Civil de Alta Gracia brindó información sobre las normas de comportamiento vial en base a la Ley Provincial de Tránsito de Córdoba (Ley N° 8560), con el objetivo de desglosar y explicar distintos asuntos sobre la normativa. En ello se destaca el cambio de sentido, marcha hacia atrás o retroceso, sentido de adelantamiento y las normas generales del adelantamiento.

Cambio de sentido. «El conductor de un vehículo que pretenda invertir el sentido de su marcha debe elegirán lugar adecuado para efectuar la maniobra, de forma que se intercepte la vía el menor tiempo posible, advertir su propósito con las luces direccionales con la antelación suficiente y cerciorarse de que no va a poner en peligro u obstaculizar a otros usuarios de la misma», señala Defensa Civil.

Y agrega que «en caso contrario debe abstenerse de realizar dicha maniobra y esperar el momento oportuno para hacerla. Cuando su permanencia en la calzada, mientras espera para efectuar la maniobra de cambio de sentido, impida continuar la marcha de los vehículos que circulan detrás del suyo, debe salir de la misma por su lado derecho, si fuera posible, hasta que las condiciones de la circulación le permitan efectuarlo».

Retroceso. En calles y rutas no se permite la circulación en retroceso o marcha atrás, salvo excepciones. Carlos Marcelo Colombatti, de Defensa Civil de Alta Gracia, indica que «se prohíbe circular hacia atrás, salvo en los casos en que no sea posible marchar hacia adelante, ni cambiar de dirección o sentido de marcha, y en las maniobras complementarias de otra que las exija, y siempre con el recorrido mínimo indispensable para efectuarla.

¿Cómo debe realizarse marcha atrás? «La maniobra de retroceso debe efectuarse lentamente, después de haberla advertido con las señales preceptivas y de haberse asegurado, incluso apeándose o siguiendo las indicaciones de otra persona si fuera necesario, de que, por las circunstancias de visibilidad, espacio y tiempo necesarios para efectuarla, no constituye peligro para los demás usuarios de la vía»

«Se prohíbe la maniobra de marcha atrás en autovías y autopistas. En todas las vías objeto de esta Ley y de la presente Reglamentación, como norma general, el adelantamiento debe efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar», agrega.

Adelantamiento indebido. Esta es una de las infracciones de tránsito más sancionada por la Policía Caminera en las rutas de Córdoba, ya que los conductores realizan el adelantamiento en doble línea amarilla principalmente. Además, cabe destacar que ésta es una de las acciones más peligrosas debido a que aumenta la probabilidad de sufrir un impacto frontal con otro vehículo, y derivar en un accidente de tránsito.

Al respecto, Defensa Civil señala que «por excepción, y si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se puede efectuar por la derecha, adoptándose máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado»

Asimismo, indica que «también está permitido el adelantamiento por la derecha, en las vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que marchen por la zona central. En zona urbana, en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles de circulación en el mismo sentido de marcha, se permite el adelantamiento por la derecha a condición de que el conductor del vehículo que lo efectúe se cerciore previamente de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios y señalice la maniobra si implica desplazamiento lateral»

Adelantar doble linea amarilla ruta Cordoba

¿Cómo se debe de realizar el adelantamiento? «Antes de iniciar un adelantamiento que requiera desplazamiento lateral, el conductor que se proponga adelantar debe advertirlo con suficiente antelación con las luces direccionales y comprobar que en el carril que pretende utilizar para el adelantamiento, existe espacio libre suficiente para que la maniobra no ponga en peligro ni entorpezca a quienes circulen en sentido contrario, teniendo en cuenta la velocidad propia y la de los demás usuarios afectados. En caso contrario debe abstenerse de efectuarla», señala.

Y por último destaca que «ningún conductor debe adelantar a varios vehículos, si no tiene la total seguridad de que, al presentarse otro en sentido contrario, puede desviarse hacia el lado derecho sin producir perjuicios o poner en situación de peligro a alguno de los vehículos adelantados»

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